08/10/2024

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A pesar de las pruebas, Fiscalía pide sobreseimiento definitivo para imputado por abusar sexualmente de su propio hijo 

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La fiscal Fátima Girala solicitó el sobreseimiento definitivo de un hombre investigado por presuntamente abusar de su propio hijo de cuatro años, alegando falta de pruebas. Tres informes psicológicos agregados a la carpeta fiscal demuestran fuertes indicios de los abusos. 

“Existe imposibilidad real y concreta de que surja un nuevo elemento de prueba que vincule al incoado con el hecho que le fuera imputado”, este es el argumento de la fiscal Girala para solicitar el sobreseimiento del procesado, cuya identidad no será divulgada en el presente artículo periodístico, como medida de protección del niño. 

Según consta en el expediente, la imputación fue realizada por la fiscal Carla Rojas, quien posteriormente fue apartada. Del proceso intervinieron varios otros agentes, siendo la fiscal que mayores diligencias realizó Pamela Pérez, que sin embargo fue apartada del caso un día antes de la formulación del requerimiento conclusivo. La causa quedó a cargo del agente Giovanni Grisetti, quien había formulado anteriormente un sobreseimiento provisional. 

Fue el fiscal Joao Báez quien solicitó la apertura de la causa para la realización de una Pericia psicológica sobre los informes obrantes en la carpeta fiscal y luego de su realización y con la formalización de un informe objetivo, por parte de la propia perito propuesta por el Ministerio Público, la Lic. Rosa Bidondo, la agente fiscal Fátima Girala solicitó el sobreseimiento definitivo, sin tener en cuenta los informes que exponen que existió el abuso. 

LOS HECHOS 

Según la imputación JFC y CSC fueron pareja hasta el año 2017 y fruto de la relación nació un niño, quien en ese entonces tenía 2 años de edad. El pequeño, una vez separados, quedaba a dormir regularmente hasta los 4 años de edad con su padre en su domicilio particular.

Desde el inicio del año 2019 y hasta el 30 de enero del año 2020, JFC, estando separado aprovechaba la situación en que su hijo, quien ya había cumplido 4 años de edad, quedaba a dormir con él para realizar actos sexuales. 

En otras palabras, el padre le indujo en reiteradas ocasiones al hijo a que le toque sus genitales como también el padre tocaba a su hijo particularmente, antes de dormir.

Como consecuencia de la repetición de estos actos, el menor tuvo cambios en su personalidad tales como la exteriorización de un carácter muy agresivo. Tal es así que el niño se pegaba en la cara dando una apariencia de auto castigo, manifestaba que nadie le quería y que todo era su culpa. 

Otras de las consecuencias de estos abusos se daba al tiempo en que su padre iba a retirarlo de la casa de su madre, puesto que revelaba un estado de exaltación y comenzaba a realizar un montón de preguntas, respecto a si solo iba a ir a visitarlo o si lo iba a llevar a su casa a dormir. Es así que, a veces, se iba llorando a la casa de su padre.

LOS INFORMES 

La primera prueba que revela la existencia de los abusos es la nota preliminar, N° 104, de fecha 4 de febrero de 2020, realizada por la Lic. Liliana María Méndez, Psicóloga del Ministerio Público, con la siguiente conclusión: “El niño comprende la explicación del motivo de la entrevista… Una vez en confianza, FCC se conecta con la actividad lúdica, en las entrevistas el niño evaluado refirió sobre el hecho denunciado ‘Mi papá es grosero conmigo… en (se refiere a sus partes íntimas) es grosero porque me toca… me pone triste cuando hace eso’. Por lo referido por el niño éste podría estar siendo victimizado sexualmente”.-

Existe otro informe, elaborado por la Lic. Mónica Cecilia Moragas, Psicóloga Clínica, en el cual expresa como motivo de consulta del menor cuanto sigue: “ el jueves 30 de enero del año en curso, el niño acude junto con su madre… En un momento de la interacción, la madre pregunta al niño qué es lo que él toca a ella para dormir y el niño se levanta y toca la oreja de su madre. Cuando se le pregunta al niño cómo es con su papá, él mismo le dice a su mamá que para dormir toca, y señala las partes íntimas de su mamá, ahí. Luego de eso, ya no se pudo continuar con el proceso, ya que el niño se puso a llorar, sin parar, diciendo que quería irse”. En este informe, la profesional apuntó como recomendaciones y conclusiones: Lo que el niño expone en el espacio terapéutico y cómo lo expone, lleva a sospechar la existencia de un hecho de abuso. Por lo mismo se considera urgente hacer la denuncia correspondiente (lo cual se le expresa a la madre ese mismo día), y evitar que el padre del niño tenga contacto con él”.

En tanto, el Informe Psicológico N° 332/20, de la Lic. Liliana Méndez C., Psicóloga del Centro de Atención a Víctimas del Ministerio Público, expresa:  Relato de los hechos: El niño relató: «Mi papá es grosero conmigo… en (se refiere a sus partes íntimas) es grosero porque me toca… me pone triste cuando hace eso.». La víctima también durante la evaluación manifestó «Mi papá me pega, con su cinto me pega y me duele, eso también me pone triste y cuando me grita y me dice Que boludo que sos!!!».- Dicho informe hace alusión a la conducta observada respecto al niño FMCC, en el siguiente sentido: “Conforme al objetivo planteado para la evaluación, se concluye que el hecho denunciado generó daños psicológicos en el niño evaluado, observados en la conducta sexualizada impropias para niños de su edad”.

El niño, sin embargo, no pudo relatar los hechos en la cámara Gesell, y al respecto, el Informe Pericial del Lic. Fernando Lezcano sostiene: “…que el niño no haya realizado comentarios sobre vivencias de abuso sexual en dicha oportunidad, no quiere decir que el hecho no haya ocurrido”.

Dicho informe señala que el niño parecía no entender las preguntas de la psicóloga y que a medida que transcurrió el tiempo se observó que se volvía menos cooperador ante las preguntas de la psicóloga. Sobre el punto es preciso mencionar que un factor determinante que puede incidir en la actitud y el testimonio de un niño de la edad de la víctima, lo es también el transcurso del tiempo y, en este sentido, conforme se precisa en la carpeta de investigación fiscal, el hecho fue denunciado el 3 de febrero del 2020 y las contenciones y evaluaciones psicológicas aplicadas al niño fueron realizadas inmediatamente luego de ocurrido el hecho y casi un año después, específicamente el 15 de diciembre del 2020, conforme al acta labrada, obrante en el expediente judicial, fue realizada la declaración del menor en Cámara Gesell.

“En los niños muy pequeños una entrevista temprana es lo más aconsejable pues allí pueden observarse con más detalles los indicadores a corto plazo del abuso sexual”, expresó el profesional en ese informe. 

La causa se tramita ante el Juzgado Penal de Garantías 7, a cargo del juez Miguel Ángel Palacios; la Audiencia Preliminar se realizará el 24 de octubre de 2023, a las 7:30.

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