El abogado Isidro Rodríguez Duarte, defensor del suspendido fiscal adjunto Patricio Gaona Franco recusó al Juez Penal de Garantías N.° 10, Abg. Mirko Valinotti Galeano, y solicitó que sea apartado de seguir entendiendo la causa por acoso sexual.
El abogado Rodríguez, en su escrito, hizo hincapié en que al tener acceso a la carpeta fiscal como al expediente judicial, ha realizado un análisis minucioso a los dos documentos, y ha encontrado “numerosas irregularidades, tanto en la gestión del Ministerio Público, como por parte de los órganos jurisdiccionales (Juzgado y Cámara de Apelación)”.
Agregó que “efectivamente tanto el Juez como los Miembros de la Cámara de Apelaciones han demostrado parcialidad manifiesta en varias de las actuaciones que llevaron a cabo”.
“Este tipo de conductas, o más bien inconductas, por parte de órganos jurisdiccionales no se deben tolerar, de ninguna manera, en un Estado de Derecho en que está plenamente vigente, tanto la Constitución Nacional, como las demás leyes pertinentes”, dijo.
Mencionó que el hecho punible que se le atribuye a su representado “deja claramente que los supuestos hechos habrían tenido lugar en las ciudades de San Lorenzo, Carapeguá y Quiindy respectivamente”, ciudades donde afirmó que el Juez Penal de Garantías no tiene competencia territorial para entender hechos acaecidos fuera de su jurisdicción.
“Este apartamiento es grave, no porque diga un profesional del derecho, quien hoy representa a un acusado por el Ministerio Público, sino que la gravedad sube de tono, pues aparte de violar normas procesales de nuestro derecho positivo, colisiona con una garantía de orden constitucional cual es, de que todos procesados tienen derecho a ser juzgado por un juez natural y por tribunales y jueces competentes, independientes e imparciales (art. 16 C.N.). Esta garantía constitucional dentro de este proceso penal se convirtió en letra muerta”, agregó.
Acotó que consta en el expediente que la supuesta víctima denunciante ha presentado el retiro de la instancia de parte y ante ese retiro de instancia el imputado planteó dos incidentes: incidente de falta de acción e incidente de extinción de la acción penal. Los que el juez ignoró y fijó fecha para la audiencia preliminar, así dando continuidad al proceso.
“Mi representado ha sido agraviado en forma reiterada y no es posible que, ante tan evidente arbitrariedad, los profesionales del derecho nos callemos y sumisamente agachemos la cabeza”, finalizó.
Adjuntó como prueba documental:
- Escrito de Incidente de Nulidad por Incompetencia y falta de jurisdicción:
- A. I. N.° 308 de fecha 14 de febrero de 2020, emitido por el Juzgado de Garantías;
- Escrito de Reposición y Apelación en Subsidio en contra de la providencia que fija audiencia preliminar;
- A. I. N.° 566 de fecha 07 de julio de 2022, emitido por el Juzgado de Garantías.
Antecedentes
La víctima del supuesto acoso presentó su denuncia ante el Ministerio Público contra Patricio Gaona Franco, el 12 de noviembre de 2018, cuando ejercía funciones de docente en la Facultad de Ciencias Sociales de la UNA. Las fiscales Teresa Sosa Laconich y Sonia Mora formularon acusación por acoso sexual y solicitaron juicio oral para el suspendido fiscal adjunto.
Según la acusación fiscal, la alumna de la Facultad de Derecho (UNA) fue sometida por primera vez en marzo de 2018 cuando la misma estaba en la parada de ómnibus luego de concluidas las clases de la Facultad, en Quiindy, y siendo las 18:00 horas aproximadamente, Gaona Franco se detuvo con su camioneta y la invitó a subir para llevarla a Carapeguá. En ese momento se encontraba con el también profesor Antonio Salinas, auxiliar de cátedra.
Durante el camino a Carapeguá, Gaona Franco se detuvo y pidió a Salinas que compre chipa del parador Kati. Fue allí que el acusado aprovechó para jalarla del cabello y le dijo que le “haga un pete” porque “estoy caliente”.
Esta fue la primera ocasión en que el profesor supuestamente abusó de la alumna, quien luego en reiteradas veces se vio forzada a acudir a la oficina que tiene Gaona Franco en la Fiscalía, para mantener relaciones sexuales. En todas las ocasiones, el profesor supuestamente amenazó a la alumna con que le iba a hacer recursar la materia.
El 23 de julio de 2019, la Corte Suprema de Justicia ratificó el A.I. N° 233/19 del 18 de junio de 2019 por el cual el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, solicitó la suspensión tras enjuiciar al fiscal adjunto Patricio Gaona Franco, quien se encuentra suspendido hace unos 4 años.