La jueza Lici Sánchez rechazó el Incidente de revocatoria de la prisión preventiva deducida por la defensa de Blas Ramón Paredes, acusado por el robo de unos 1.500 proyectiles de la Dimabel, que fueron puestos a la venta a través de Facebook.
Paredes está acusado por los hechos punibles de detentación, producción de riesgos comunes y tráfico ilícito de la Ley 4036/2010 de Armas de fuego, en calidad de autor, cuyos marcos penales van hasta diez años de pena privativa de libertad.
Al respecto, el juez advirtió que el abogado defensor Mariano Gustavo Giménez, en su escrito incidental hizo hincapié en que su defendido se encuentra imputado por hechos punibles previstos en el Código Penal, circunstancia que no se ajusta a la verdad y que también ya fuera advertida en el A.I. N° 392 de fecha 28 de octubre de 2022, oportunidad en la cual se encontraba ejerciendo la defensa del co Miguel Fredy Florentín (actualmente prófugo), y en consecuencia se evidencia que el profesional abogado para la presentación del presente incidente ha utilizado nuevamente el mismo escrito presentado en su oportunidad (en fecha 25/10/2022) y se ha limitado a modificar solamente el nombre del imputado.
Estas advertencias son enunciadas bajo apercibimiento de convocar al mismo a audiencia disciplinaria, acotó el magistrado.
Refiere que la prisión preventiva fue dictada el 24 de junio de 2023, por lo que no se puede argumentar el cumplimiento de la pena mínima como alega el defensor; en consecuencia concluye que no existen méritos para sustituir la medida cautelar de Prisión Preventiva, subsistiendo al día de la fecha el peligro de fuga y de obstrucción del justiciable.
En septiembre inicia juicio a militar por venta de municiones de la DIMABEL