07/10/2024

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ANR tendrá que eliminar datos de camarista que fue afiliada sin su consentimiento

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El Juzgado Electoral de la Circunscripción
Electoral de Itapúa hizo lugar al habeas data de la camarista María Zunilda Fleitas y ordena a la Asociación Nacional Republicana eliminar o excluir los datos de la Magistrada, debido a que la afiliaron 10 años antes de nacer. La misma se entero de dicha situación, tras las publicaciones periodísticas.

La camarista María Zunilda Fleitas fue afiliada a la ANR el 4 de agosto de 1959, pero nació el 20 de septiembre de 1969. Es decir, la afiliaron 10 años antes de nacer. Se enteró por las publicaciones de ello y presentó un hábeas data para corregir la situación.

El 5 de julio pasado, la camarista encontró su nombre en una publicación periodística, donde se informaba que estaba afiliada al Partido Colorado. La misma refiere que nunca ha prestado su consentimiento para dicha afiliación, ni ejercido el derecho al voto en las internas de ningún partido político. Acotó que tampoco ha autorizado a persona alguna para que proceda a su afiliación a la Asociación Nacional Republicana (ANR).

Asegura que su afiliación fue realizada supuestamente el 4 de agosto del año 1959, sin embargo su fecha de nacimiento es el 20 de septiembre de 1969.  “Es absurdo al figurar como afiliada aun antes de haber nacido”, remarcó. 

Sostiene que esta situación “afecta ilegítimamente a mis derechos, al haber sido incorporada en forma completamente irregular, sin mi consentimiento, al padrón de afiliados de ANR”.

En consecuencia, el 8 de julio se presenta ante el Juzgado Electoral, bajo el patrocinio de la abogada Gloria Camila Ubeda Cortti, para la correspondiente acción del Habeas Data, a fin de solicitar que la ANR exhiba los documentos correspondientes de la supuesta afiliación para luego ordenar la supresión de la totalidad de sus datos personales que de manera anómala han sido ingresados al Padrón Electoral de dicho partido. 

Ante los fundamentos expuestos y a lo establecido en el art. 135 de la Constitución Nacional; artículo 565 y siguientes, 587 del C.P.C. art. 76 de la Ley 635/95 y disposiciones concordantes, el Juzgado Electoral de la Circunscripción hizo lugar a la presente acción de Habeas Data planteada por la camarista. 

Dentro del plazo de 3 días se debe proceder a eliminar o excluir los datos que obren sobre la Magistrada, de acuerdo al mandato judicial. 

Jueza denuncia que no esta afiliada

 

La jueza penal de Ejecución, Letizia Paredes también solicita a la ANR la saque del padrón.  Denunció que falsificaron su firma e indicó que si no la sacan del padrón iniciaría acciones legales. 

 

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