El abogado Álvaro Arias apeló la sentencia de Enrique Gómez de la Fuente, quien fue condenado a 3 años y 6 meses de cárcel por cohecho pasivo agravado y extorsión.
El Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos presidido por la magistrada Elsa García e integrado por Claudia Criscioni y Yolanda Morel, declararon culpables a Carlos Soler, exgerente de Créditos del Instituto de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), por los delitos de cohecho pasivo agravado como cómplice; extorsión y tráfico de influencias en calidad de autor; mientras que Enrique Gómez de la Fuente, exdirector de la Región Occidental del Indert, fue hallado culpable por los delitos de cohecho pasivo agravado y extorsión en grado de autor.
La condena establecida para el exparlamentario Soler es de 4 años de pena privativa de libertad y para Gómez de la Fuente, la sentencia de 3 años y 6 meses de reclusión.
Álvaro Arias, representante legal de Gómez de la Fuente, alegó que apelan la decisión adoptada por el Tribunal de Sentencia señalando que la misma debe ser anulada, ya que el fiscal había retirado su acusación por cohecho pasivo agravado, pero el Tribunal igual los condenó por este hecho.
«Nosotros cuestionamos que hubo una grave violación del principio de congruencia, resulta que el juicio comenzó y la fiscalía ratificó la acusación en contra de mi defendido por supuesto hecho de cohecho pasivo agravado, única y exclusivamente ese hecho punible», resaltó.
El abogado Arias señaló que se explicaron los alegatos iniciales, se produjeron las pruebas y cuando estaba por terminar la función de pruebas, el Tribunal le advirtió a la defensa y acusados, que por el artículo 400 deberían estar atentos, en el caso de Gómez de la Fuente, por el hecho punible de extorsión y en el caso de Soler, por tráfico de influencias y extorsión, además de cohecho pasivo agravado.
Agregó que en el Código Procesal Penal tiene como principio la legalidad del principio de congruencia, que para el procesado es una «garantía que en el ejercicio de sus derechos esenciales sólo puede ser condenado o absuelto por aquel del cual se defendió».
La investigación se inició en octubre de 2019, cuando Albino Méndez denunció que Soler le pidió una coima de US$ 25.000 para revocar la anulación de la adjudicación de un inmueble del Indert en el departamento de Boquerón, Chaco, y US$ 100.000 para titular dicho lote junto a otro terreno de 3.900 hectáreas.
Uno de los inmuebles iba a ser titulado a nombre de Nathalia Méndez Acevedo y el otro a nombre de Diego Méndez Acevedo, los hijos del denunciante, quien en su declaración en el juicio oral y público puntualizó que el proceso había quedado sin efecto porque no depositó el dinero para que se efectivicen los cheques que entregó a Soler.