El exministro del Interior, Arnaldo Giuzzio, recusó al juez José Delmás en el proceso que soporta por cohecho pasivo agravado, argumentando una falta de parcialidad, luego de advertir sobre posibles sanciones a su abogado, Guillermo duarte Cacavelos, por criticar su labor.
Delmás advirtió al letrado sobre la aplicación de medidas disciplinarias, por su “falta de respeto a la investidura judicial”, luego de que este, durante una entrevista con El Observador Radio, lo calificara de “secretario fiscal” por negar la devolución de ciertos documentos que fueron incautados durante el allanamiento a la vivienda de Giuzzio.
Giuzzio argumenta que a raíz de estas expresiones, el juez Delmás “se ha sentido agraviado u ofendido por las expresiones vertidas de mi representante a través de la prensa” por lo que considera que el mismo tiene que “inhibirse e iniciar un acción penal privada contra el mismo, por haber aparentemente ‘menoscabado’ su honor y reputación, y no colocarse en el rol de víctima desde su función como juzgador”.
A su criterio, la advertencia es una “contramedida motivada en sentimientos de «agravio» «ofensa», «capricho» o el motivo que fuere menos el legal, e invoca el artículo 50 inc. 13 del Código Procesal Penal para sustentar la recusación, por falta de parcialidad y criterio objetivo solicitando.
Justifica que dichas declaraciones fueron realizadas en un ámbito extra judicial y no en el marco de un acto jurisdiccional, con inconductas, exabruptos o dicterios, “sin embargo, este se ha extralimitado y advertido erróneamente al profesional que ejerce mi defensa técnica, haciendo uso abusivo del poder” atentando contra la libertad de criticar fallos, aparado en el artículo 256 del Constitución Nacional y atentando contra la libertad de expresión garantizada en el art. 26 de la Carta Magna.
Otro motivo que esgrime para la recusación es que Juez Penal de Garantías mediante la providencia de fecha 26 de septiembre de 2022, lo convocó bajo apercibimiento para su audiencia de imposición de medidas, marcada para el para 4 de octubre, en la causa por cohecho pasivo agravado, “sin motivo alguno, en razón a que conforme a las constancias obrantes en autos, siempre he comparecido a todas las citaciones que he recibido, en ningún caso me he dejado de asistir bajo ningún motivo”.