24/09/2023

Boidanich enfrentará proceso bajo medidas alternativas a la prisión

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El juez de Delitos Económicos José Delmás otorgó medidas alternativas para el exministro de la Seprelad, Óscar Boidanich, Raquel Cuevas y Melissa Parodi, con caución de G 500 millones para los mismos.

La audiencia de imposición de medidas para los investigados por lavado de dinero y frustración de la prosecución penal, determinó la aplicación de la libertad ambulatoria para todos los procesados.

Previamente, el abogado Claudio Lovera quien ejerce la representación del exsecretario de Estado, manifestó previamente que el Ministerio Público había solicitado la aplicación de medidas menos gravosas, puesto a que el criterio señalaba la inexistencia del peligro de fuga y obstrucción, sumado al arraigo de su representado.

A efectos de reforzar el sometimiento al proceso en situación de libertad ambulatoria, se ofreció una caución real de inmueble con un valor aproximado a los G 1.000 millones.

Ante este ofrecimiento, el juez José Delmás dispuso una caución por valor de G 500 millones para los procesados anteriormente citados.

Análisis del juez 

“Tenemos que los Agentes Fiscales han solicitado en virtud del Requerimiento Fiscal N° 13 de fecha 09 de junio de 2023, medidas alternativas a la prisión preventiva así como también medidas de carácter real, que a la fecha se encuentran efectivas, los Agentes Fiscales posteriormente ha realizado en fecha la presentación electrónica del Requerimiento Fiscal presentado en fecha 09 de junio de 2023, y a la fecha la Agente Fiscal Alma Zayas en la audiencia ha manifestado, ratificarse en la aplicación de las medidas cautelares solicitadas. Cabe destacar que el citado imputado no cuenta con antecedentes penales conforme se desprende de la planilla respectiva.”

“En tal sentido se considera que corresponde beneficiarlo con medidas alternativas a la prisión, a fin de velar por el estricto cumplimiento de los derechos y garantías de todas las partes dentro de este proceso penal, es criterio de esta Judicatura hacer lugar a la aplicación de medidas alternativas a la prisión preventiva de conformidad al Art. 245 inc. 1° del Código Procesal Penal por considerar que con esta medida cautelar se garantizaría fehacientemente la sujeción del procesado a las resultas del presente proceso penal que se ha iniciado en su contra así como su comparecencia ante los mandatos de la Justicia, cada vez que esta así lo requiera”

Antecedentes

La fiscalía imputó a Oscar Boidanich, Raquel Cuevas Arzamendia y Melissa Parodi González, considerando que la conducta subsumiría en los tipos penales de lavado de dinero y frustración de la persecución y ejecución penal, previsto en los artículos 196, inc. 1° (el que, respecto a un objeto proveniente de un hecho antijurídico, frustrara, el conocimiento de su procedencia o ubicación, su hallazgo, su comiso, especial o su secuestro); artículo 292 (el que intencionalmente o a sabiendas impidiera que otro fuera condenado a una pena o sometido a una medida por un hecho antijurídico) y 293, inc.1°, numerales 1° y 2° (cuando el autor del hecho señalado en el artículo anterior fuera un funcionario encargado de la elaboración en: 1. El procedimiento penal o el procedimiento sobre la aplicación de una medida. 2. La ejecución de una pena o de una medida señalados en los artículos 72 y 86 al 96), respectivamente, en concordancia con el artículo 29 inciso 2º, y artículo 70, todos del Código Penal.

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