El exministro del Interior, Walter Bower, recusó nuevamente a los miembros del Tribunal de Sentencia, Laura Ocampo, Cándida Fleitas y Fabián Weisensee, lo que interrumpiría la continuidad del juicio. Irónicamente, en su escrito responsabiliza a los magistrados por continuas interrupciones. Se trata de la décima recusación planteada por la defensa de los acusados.
En el escrito presentado en la víspera, Bower afirma que el juicio se ha “dilatado en extremo, por el modo en que se ha conducido desde el principio, el 24 de febrero de 2024, motivado por la displicencia en su celebración, marcado por marcadas interrupciones motivadas por el alegado ‘recargo de trabajo y la superposición con otros juicios’, he sido objeto de diversas situaciones irregulares, que han motivado la formulación de recusaciones contra los integrantes del colegiado, con suerte adversa, por decisión del Tribunal de Apelaciones”.
Calificó de “grave” la conducta de los jueces recusados, por “priorizar sus intereses particulares, despreciando y desconociendo mi derecho a un pronunciamiento judicial dentro de un plazo razonable”; en ese sentido mencionó que el Colegiado ha celebrado la última audiencia el día sábado 28 de diciembre de 2024 y declaró receso hasta el 8 de enero de 2025. “Sin motivo justificante, no se ha celebrado el Juicio el día lunes 30 de diciembre de 2024, como tampoco el martes 31 de diciembre de 2024, a pesar de que la Resolución № 11682, de fecha 23 de diciembre de 2024, dictada por la Corte por la cual se declaró asueto el 31 de diciembre, señalaba expresamente que ello regía ‘…sin perjuicio de la realización de las audiencias preliminares notificadas a las partes y juicios fijados y en desarrollo en las mencionadas fechas…’”.
Tampoco se ha celebrado la audiencia de juicio el día Jueves 2, ni viernes 3 de enero de 2025, como tampoco el sábado 4, ni lunes 6.
Alegó que “el motivo real es el desinterés absoluto y el desprecio hacia los derechos y garantías Constitucionales y Legales de los procesados, que los Jueces recusados evidencian, priorizando sus intereses particulares, según han expresado textualmente las Jueces Laura Beatriz Ocampo Fernández y Cándida María Fleitas González, en la nota por la cual solicitan permiso ante la Corte para ausentarse de sus despachos” y sostuvo que dichas razones responden a viajar al extranjero a vacacionar “postergando sus obligaciones morales y legales”.
Finalmente refirió que la actuación de los jueces “compromete seriamente su imparcialidad, tal como lo reclama el inciso 13) del Artículo 50 del Código Procesal Penal para hacer procedente y viable la recusación que se articula en los términos del escrito que antecede, invocando y reclamando la necesidad de contribuir a la materialización en concreto, en esta causa, las reglas del debido proceso legal y la defensa en juicio, consagrados en la Constitución Nacional (Arts. 16 y 17)”.