El Tribunal de Apelaciones Penal Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Anticorrupción confirmó el AI de elevación a juicio oral y público, de la causa de la exfiscal Ana Girala, la secretaria Fiscal Griselda Acha, Christi Magalí Ortega Domínguez, asistente Fiscal, por presunto pedido de coima a la familia de un acusado por homicidio doloso, a cambio de una salida procesal.
El Dr. Arnulfo Arias, preopinante, manifestó que no observa vicios en el auto recurrido que resulten suficientes para modificar o rectificar y teniendo en cuenta que el mismo ha sido dictado en observancia de las formas previstas en la leyes que nos rigen, corresponde admitir el recurso interpuesto y confirmar el auto impugnado, en todas sus partes, voto al cual se adhirió a Dra. Bibiana Benítez Faría.
En su voto, la camarista Andrea Vera Aldana, expuso que si el Juez de la Etapa Intermedia, luego de que las partes manifiesten su oposición a pruebas determinadas o requieran la extinción de la causa, el sobreseimiento u otras cuestiones, rechaza las pretensiones de los mismos, no existe o no puede considerarse agraviada la parte o lesionada en sus derechos, en razón de que la elevación de la causa a Juicio Oral importa la garantía eficiente de la oralidad, publicidad, inmediatez, contradicción, economía y concentración, por tanto es la etapa siguiente, en el Juicio Oral, ante la presencia de un tribunal colegiado donde las partes pueden ventilar sus planteamientos y solicitar cuanto proceda en base a sus pretensiones, teniendo a su vez toda la gama recursiva que considere pertinente, en caso de resultar adversas las resoluciones respectivas.
Por lo expuesto, considera que el auto interlocutorio de apertura a juicio no genera ningún agravio y agrega que no observa vicios que ameriten la nulidad del auto apelado, ni cuestiones que causen un gravamen irreparable, por lo que votó por la inadmisibilidad de del recurso y agrega que el Art. 461 del C.P.P., establece taxativamente las resoluciones en contra de las cuales procede la apelación y en su última parte prescribe: “No será recurrible el auto de apertura a juicio”.
En esta causa están acusados:
- Ana Elizabeth Girala López, exfiscal por la comisión de los hechos punibles de Extorsión, Cohecho Pasivo, Cohecho Pasivo Agravado, Persecución de Inocentes y Asociación Criminal, en calidad de autora
- Christi Magalí Ortega Domínguez, asistente Fiscal, por la comisión de los hechos punibles de Extorsión, Cohecho Pasivo, Cohecho Pasivo Agravado, Persecución de Inocentes y Asociación Criminal, en calidad de coautora y cómplice;
- Griselda Beatriz Acha Alcaraz, abogada, por la comisión de los hechos punibles de Extorsión, Cohecho Pasivo, Cohecho Pasivo Agravado, Persecución de Inocentes y Asociación Criminal en calidad de coautora y cómplice;
- Liz Elena Martínez Robles, abogada, por la comisión de los hechos punibles de Extorsión, Tráfico de Influencias y Asociación Criminal, en calidad de autora y coautora;
- Marcos Aurelio Velazco Mendoza, abogado por la comisión de los hechos punibles de Soborno Agravado, Tráfico de Influencias y Asociación Criminal, en calidad de autor y coautor;
- Nélida Vicenta Alcaraz Bogarín, abogada, por la comisión de los hechos punibles de Tráfico de Influencias en calidad de autora.
De acuerdo a las investigaciones, desde el 08 de febrero de 2.023, la abogada Nélida Vicenta Alcaraz Bogarín se puso en contacto con Alcides Manuel Hermosilla y para dicho motivo utilizó su línea particular desde el cual realizó llamadas a este, en las cuales le ofreció a una “solución” al caso de su hijo Richard Hermosilla, quien se encuentra procesado y con privación de libertad en el marco de la Causa Penal “Derlis Garcia Enciso y Richard Daniel Hermosilla González s/ Homicidio Doloso-Tentativa, Asociación Criminal y Producción de riesgos comunes”.
En esta supuesta negociación participó la ahora exfiscal Ana Girala, como principal eslabón en la estructura, bajo cuya coordinación habrían actuado los demás acusados a través de llamadas, mensajes y reuniones.