06/10/2024

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Cámara confirma imputación al exgerente de prensa Carlos Granada

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El Tribunal de Apelación en lo Penal de la Capital, Tercera Sala, confirmó la imputación al exgerente de prensa del SNT, Carlos Granada  imputado por acoso sexual, coacción sexual y coacción. Según el acta de imputación Granada, valiéndose de su posición de jerarquía e influencia en las víctimas, subordinadas, habría realizado varios actos con fines sexuales en algunos casos ,y en otros casos habría realizado actos sexuales concretos contra las víctimas.

El abogado Álvaro Arias en representación de Carlos Javier Granada, planteó un recurso de apelación, contra el A.I. N° 775 de fecha 12 de setiembre de 2022, consecuencia de la providencia de fecha 29 de agosto de 2.022, dictada por el Juez Penal de Garantías N° 12, Julián López Aquino.

Al respecto el camarista Cristóbal Sánchez refirió que “esta magistratura considera que siempre ha sido una exigencia constitucional que toda Acta de imputación disponga claramente el hecho y la conducta realizada por el supuesto autor, de tal manera que sobre esa base pueda el juzgador admitir y abrir un proceso penal y luego juzgarlo y, por su parte, la defensa pueda realizar los descargos defensivos que considera pertinente».

Agregó que «esa exigencia constitucional adquiere mayor entidad a partir de la Acordada Nº 1631 del 30 de marzo del 2022, dictada por la Corte Suprema de Justicia, donde reglamenta el control jurisdiccional sobre el Acta de Imputación, en cuyo Artículo 3º, dispone que los jueces penales deben verificar el contenido del Acta de Imputación, los motivos, méritos y razones que dan sustento legal y formal al Acta de Imputación».

Asimismo, el ministro Sánchez afirmó que como Tribunal de Apelación Penal, corresponde, en consecuencia observar si el A-quo realizó el control sobre el Acta de Imputación, tal como lo exigen las normativas citadas precedentemente, y en ese sentido, «debe señalarse que comprendemos muy bien que el Acta de Imputación guarda directa relación con el grado de sospecha de la existencia de un hecho punible y de atribuir objetivamente ese hecho a la persona imputada».

Acotó que la Acordada antes citada, considera que la descripción de los hechos es una de las secciones más importantes del Acta de Imputación, en donde se hace referencia a la conducta concreta de una persona que cumple con todos los presupuestos de un tipo legal y ello implica la descripción detallada de las conductas externas e internas que forman parte de la tipicidad objetiva y subjetiva.

Dice a este respecto la Acordada Nº 1631 en el Anexo II, apartado iii.) del punto 4, sobre pautas y requisitos mínimos de la descripción de hechos en la imputación, que: “… debe aclararse que descripción “sucinta” significa solo descripción resumida, mas no, descripción incompleta de lo que será el objeto de la investigación fiscal. Para ser completa…. Debe mencionar aquellas circunstancias que son esenciales para conformar la hipótesis fáctica del hecho punible… y que son: en primer lugar la conducta concreta atribuida al imputado y, en segundo lugar, aquellas otras circunstancias que serían determinantes para subsumir la conducta en el tipo legal que motiva la imputación”.

Finalizó diciendo que corresponde señalar que «estudiada detenidamente el acta de imputación con relación a Carlos Javier Granada Fernández, cuyo defensor técnico planteó este recurso, observamos que el acta cumple con las pautas y requisitos mínimos sobre la descripción acabada sobre el hecho que será el objeto de la investigación fiscal».

Es así que queda confirmado el A.I. N° 775 de fecha 12 de setiembre de 2.022, dictada por el Juez Penal de Garantías N° 12, Abg. Julián López Aquino, consecuencia de la providencia de fecha 29 de agosto de 2022, dictada por la Juez Penal de Garantías N° 1, Abg. Clara Elizabeth Ruiz Diaz, por ajustarse a derecho.

Por su parte el camarista Agustín Lovera voto en disidencia por declarar inadmisible el recurso. A su turno, el doctor José Waldir Servín manifestó compartir la opinión de su colega, Cristóbal Sánchez por los mismos fundamentos.

Nota relacionada: Juez de Garantías rechaza reposición sobre admisión de imputación del exgerente Carlos Granada

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