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Cámara confirma rechazo a nulidad promovida por imputada en perjuicio patrimonial al Indert

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El Tribunal De Apelación en lo Penal Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado confirmó el A.I. N° 310 de fecha 29 de noviembre de 2023, por el cual se rechaza el Incidente de nulidad de actuaciones deducido por la defensa de Miryan Nancy Gimenez de Pereira, esposa del fiscal Florencio Pereira, ambos procesados por un daño patrimonial al Indert por G 900 millones.

El abogado Won Suk Choi, en representación de la imputada, se agravia contra lo resuelto por el Juzgado Penal de Garantías al no hacer lugar al incidente de nulidad de actuaciones deducido. Aduce como parte de su argumento recursivo el no haber sido notificado de la diligencia técnica realizada por Laboratorio Forense del Ministerio Público, lo que afecta su derecho a la defensa (garantía constitucional).

La postura de la Cámara compuesta por Andrea Vera, Bibiana Teresita Benítez y Arnulfo Arias fundamenta que que el acto realizado por el órgano investigador es un acto de investigación que no requiere la formalización mediante la notificación, pues, en primer lugar, la defensa podrá solicitar los medios de defensa que hagan efectivos sus derechos y, por otro lado, el resultado del acto investigativo necesariamente deberá estar a disposición del mismo en la carpeta de investigación fiscal. 

Por lo tanto, considera que de ninguna manera, podría ser tomada como una causal de nulidad de conformidad a lo expresado por la norma procesal consagrada en el artículo 165 del C.P.P.

A su vez el “Código Procesal en particular en los articulados 52, 53 y 54, otorga al Ministerio Público la facultad de llevar a cabo actos que le permitan sustentar un requerimiento conclusivo, al ser quien sustenta la carga de la prueba”, expresa la preopinante Andrea Vera, con adhesión de la camarista Bibiana Benítez.

El Dr. Arnulfo Arias explica por su parte que al momento de promoverse incidentes de nulidad , “este Tribunal ha interpretado que, atendiendo al sistema procesal vigente – sustentada en los principios de oralidad, publicidad, inmediatez, contradicción, economía y concentración- el trámite y la solución de los mismos, deben ser planteados en la audiencia respectiva- Audiencia Preliminar- que serán resueltas por el Juez de Garantías en audiencia pública, previa vista a las partes, no existiendo posibilidad de atención en otro momento.”

“Finalmente, no se evidencia, que el aquo haya violado alguna norma que vicie de nulidad la resolución que dispone sobre las actuaciones procesales cuestionadas”, puntualiza el camarista.

Antecedentes

Myriam Giménez de Pereira, Florencio Pereira, Abel Florentín Serafini, Arnaldo Andrés Rivero, Roberto Ayala Hornung y Patricia Gómez Ayala, de distintas organizaciones no gubernamentales, fueron imputados ayer por el fiscal Silvio Corbeta. Los mismos habrían causado un daño patrimonial al Indert, mediante sobrefacturaciones en proyectos de abastecimiento de agua potable. Santiago Ochipinti Beterette, director de Inversiones Rurales, fue incluido en carácter de cómplice. Corbeta pidió el desafuero de Pereira al Jurado de Enjuiciamiento, atendiendo que es agente del Ministerio Público.

 

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