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Cámara ratifica la imputación a Prieto y  abre camino para el arresto domiciliario

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Una Cámara de Apelación confirmó la imputación al intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, al rechazar por extemporánea la apelación de la defensa contra la resolución del juez José Delmás. Se allana el camino para imponer medidas al jefe comunal, a quien la fiscalía atribuye un perjuicio de G. 1.769 millones mediante la compra de 25 mil kits de alimentos, en 2020, en plena pandemia covid. Se había solicitado el arresto de Prieto y 10 procesados más, que lograron trabar el 28 de julio pasado la audiencia de medidas.

El camarista Arnulfo Arias votó por la admisión de la apelación que presentó el abogado Guillermo Ferreiro, por la defensa técnica de Miguel Prieto y Francisco Arrúa Álvarez y la ratificación del rechazó de la reposición que confirmó la imputación a los procesados.

La camarista Bibiana Benítez dijo que se debe tener en cuenta las disposiciones establecidas en los artículos 458 y 459 del Código Procesal Penal, el Recurso de Reposición debe ser interpuesto: a) ante el juez que dictó la resolución, b) en el término de tres días luego de notificada y c) por escrito fundado, en el que se expresará concreta y separadamente, cada motivo con sus fundamentos y la resolución que se pretende.

“Con respecto a la primera de las condiciones de admisibilidad del recurso, estamos ante una providencia dictada por un juez penal. Respondiendo el segundo punto de la resolución recurrida, es de fecha 19 de julio de 2023, la cual fue notificada a los procesados Miguel Prieto y Francisco Raimundo Arrua en fecha 20 de julio de 2023, según constancia obrante en el expediente electrónico”, apuntó la camarista Benítez.

“Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 459 del Código Procesal Penal, el cual establece que el recurso de reposición debe ser presentado luego de los tres días de notificada la resolución a ser recurrida, y viendo que el escrito recursivo se ha presentado en fecha 26 de julio de 2023, podemos afirmar que el mismo se ha presentado en forma extemporánea, debiendo declararse la inadmisibilidad del recurso por este motivo”, apuntó Benítez a cuyo voto se adhirió su colega Gustavo Ocampos.

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