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Cámara rechaza prórroga en causa al intendente de Ñemby por presentación tardía del pedido por parte del fiscal 

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El Tribunal de Apelación de Feria rechazó el pedido de prórroga solicitado por el fiscal Rolando Rivas en la causa abierta al intendente de Ñemby, Tomás Olmedo y otras cinco personas, por un supuesto daño patrimonial de unos G 700 millones. El fiscal solicitó fuera del plazo establecido y deberá presentar requerimiento conclusivo la próxima semana.

El Juzgado Penal de Garantías de Lambaré, fijó fecha de requerimiento conclusivo para el día 06 de febrero del 2025. 

En ese sentido, la Cámara de Apelaciones mencionó que el Art. 326 del Código Procesal Penal, establece que el Ministerio Público podrá solicitar al Tribunal de Apelaciones que fije un plazo mayor para la Etapa Preparatoria, debiendo indicar las razones de la prórroga y el plazo razonable para concluirla.

Por providencia de fecha 23 de enero del 2025, en la Secretaría del Tribunal de Apelación, se ha recepcionado el presente pedido de prórroga extraordinaria “el cual está claramente fuera del plazo legal”, advirtió el Tribunal, ya que el Fiscal Rolando Rivas presentó su pedido de prórroga el 22 de enero del 2025, es decir 11 días hábiles antes de la fecha para presentar su requerimiento conclusivo.

“Conforme al art. 326 y 129 del C.P.P., los plazos en el derecho procesal penal son perentorios e improrrogables, y los plazos en días comienzan a correr al día siguiente de practicada la notificación, siendo el principio de que los plazos en días se computan solo los días hábiles, salvo que la Ley disponga expresamente lo contrario o que se refiera a medidas cautelares, en los cuales se computa únicamente días corridos. Así notamos que la solicitud de prórroga extraordinaria no contempla tenerse en cuenta los días corridos, sino que corresponde a quince días hábiles antes de la fecha fijada para presentación de requerimiento conclusivo. Por lo que corresponde no hacer lugar a la prórroga extraordinaria solicitada por el Ministerio Público, por extemporáneo.

El acta de imputación de fecha N.° 50 de fecha 06 de agosto de 2024, que fuera presentada en la secretaria del juzgado en fecha 06 de agosto de 2024, cumple con todos los requisitos formales exigidos por el artículo 302 del Código Procesal Penal, en el sentido que se identificó suficientemente a los imputados, se describió sucintamente los hechos que se les atribuyen; en resumidas cuentas, la imputación expresa qué Tomas Olmedo en su carácter de intendente de la ciudad en habría autorizado y abonado por obras ya existentes, cabe advertir, que las obras de referencia se hayan individualizadas en el acta de imputación con la mención de fechas, ID y ubicaciones. Por su parte, Marcos Meza en su calidad de director general administrativo habría liberado pagos por las obras mencionadas.

Así también, Hugo Delvalle, Flavio Duarte y Daniel Sánchez habrían suscripto actas de inicio y culminación de obras, sin embargo, estas ya habrían sido construidas anteriormente. Por su parte, Arnaldo Gaona habría sido quien tuvo participación con la elaboración de los contratos que hacen a obras que no se realizaban pues ya existían.

Junto al jefe comunal fueron imputados el exdirector de Obras, Hugo Delvalle y el administrador, Marcos Meza. La imputación señala que los citados realizaron un llamado de licitación pública nacional en mayo del año 2023 sobre empedrados ya pagados y construidos el año anterior, bajo la administración de Tomás Olmedo, lo que habría causado G. 700 millones.

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