El Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala, integrado por Gustavo Ocampos, José Agustín Fernández y Bibiana Benítez, revocó parcialmente la resolución de la jueza Penal de Garantías Alicia Pedrozo, quien resolvió la prescripción del caso por las obras inconclusas en 24 comisarías y sobreseyó definitivamente al exministro del interior, Rafael Filizzola. Con dicha decisión, el proceso por supuesta lesión de confianza para Filizzola.
Los fiscales Néstor Coronel y Natalia Fuster habían apelado dicha decisión de la jueza Pedrozo, por la inobservancia de la ley en la que incurre la magistrada, que en este caso particular, consiste en el alcance de preceptos legales que guardan relación con el análisis de las circunstancias objetivamente insuperables que operan como los actos suspensivos de la prescripción, como las distintas dilaciones producidas consecuencia del ejercicio abusivo del derecho a la defensa, que son consideradas como causales de suspensión de la prescripción penal, lo que conllevó a una aplicación equivocada del articulo 104 inc.2 del mismo cuerpo legal. De lo anteriormente manifestado se desprende que las distintas dilaciones producidas consecuencia del ejercicio abusivo del derecho a la defensa, son consideradas como causales de suspensión de la prescripción penal, por lo que se solicito al Tribunal de Alzada, que realice el computo debido.
“Conforme a las actuaciones procesales, se ha iniciado la presente causa por supuesto hecho punible de lesión de confianza, culminado la conducta punible en fecha 12 de setiembre del 2011; es decir, desde este momento debe iniciarse el computo de la prescripción de la acción. Asimismo, se ha acusado al señor Rafael Filizzola Serra por el tipo penal de lesión de confianza, en grado de autoría y considerando el tipo penal del mencionado hecho punible contempla una sanción de hasta cinco años de pena privativa de libertad o multa, en el presente caso, la prescripción se da a los 5 años y a pesar de las interrupciones que se dieron durante el proceso, prescribe a los diez años, el doble del plazo de la prescripción. En conclusión, se tiene con respecto a calculo del doble del plazo, y considerado el lapso de suspensión, que realizado el cómputo desde la fecha 12 de septiembre de 2011-fecha del hecho-, al 2 de febrero del 2022-feha de planteamiento del incidente de prescripción-, totalizando 10 años , 5 meses y 20 días. Descontando el período de suspensión de 5 años, 5 meses y 12 días, se alcanzan 5 años y 8 días de plazo corrido, es decir, que no se haya cumplido el plazo requerido por la norma para que opere la prescripción”.
“Teniendo en cuenta lo mencionado, corresponde la prescripción sea confirmada con respecto a Aníbal Gerardo Muñoz, Juan Diego Fernández, Alejandro Apolonio Candia, Fernando María Sakoda, además corresponde revocar parcialmente la resolución recurrida, en relación al encausado Rafael Filizzola”, sostuvo el preopinante Gustavo Ocampos, con la adhesión de los otros camaristas.
El Ministerio Público había presentado acusación contra el ex ministro, Rafael Filizzola, y otros tres directores del Ministerio del Interior, en el caso de presunta lesión de confianza en el desembolso de G. 1.200 millones para la refacción de 24 comisarías del área metropolitana. También fueron acusados el ex director general de Administración y Finanzas, Aníbal Gerardo Muñoz, el ex director de la Unidad Operativa de Contrataciones, Fernando Sakoda, y al ex director financiero del Ministerio del Interior, Juan Diego Fernández.
Refiere el requerimiento del Ministerio Público que el 15 de octubre de 2010, Rafael Filizzola Serra, en su carácter de titular de la cartera de Estado, aprobó el llamado a licitación para la construcción de baños sociales y celdas en las 24 comisarías de capital, llamadas del área metropolitana, sin que exista un pedido de los responsables de las áreas afectadas y un estudio técnico previo que avalen la construcción de las mismas e, igualmente, sin un estudio técnico con relevamiento de datos de cada comisaría.