23/09/2023

Caso Forex: Exdirectivo bancario es absuelto en causa por lesión de confianza 

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El Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Elsa García, Claudia Criscioni y Jesús Riera resolvió absolver a Rodrigo Martín Riveros, exdirectivo bancario, acusado por lesión de confianza de unos G 1.125 millones, porque la empresa que lo denunció no fue creada legalmente.

De acuerdo a la postura de los magistrados no se puede afirmar una administración de hecho en base a un pacto de injusto, se puede afirmar una administración de hecho en base a cuestiones que tienen que ver con formas civiles, pero como Tribunal Especializado en Delitos Económicos no es posible sostener que hay un administrador de hecho que basa sus funciones en un pacto de injusto conforme a la violación de una ley.

“En cuanto a lo que fuera debatido tanto por el Ministerio Público como por la Querella, e igualmente por la Defensa respecto al Art. 192, inc. 3°, que define la cualidad objetiva de autor, en realidad, lo que se probó en juicio es que esta sociedad fue creada en violación a lo referido por el Art. 187, Inc. C, de la Ley 1284/98 de Mercado de valores y en violación de los Arts 29 y 30 de esa misma ley, que era la ley vigente en el momento de creación de la sociedad; pues fácticamente se probó en juicio que, a espaldas del Banco Continental, utilizaron su cartera de clientes e información privilegiada y, en base a este pacto injusto conformaron la sociedad.”

“Por estas razones, sobre todos estos problemas que el Tribunal ha encontrado en la acusación no encuentra la posibilidad de obtener una teoría del caso que pueda subsumirse efectivamente en el tipo penal previsto en el Art. 192, inc. 1, del Código Penal, en consecuencia, el Tribunal absuelve al acusado Rodrigo Martin Riveros de la acusación con respecto al hecho punible de lesión de confianza.

“”En cuanto a la medida cautelar que pesa sobre el acusado, esta debe ser levantada de conformidad a lo dispuesto con el articulo 401 CPP y dispone que las costas sean en el orden causado de conformidad a lo previsto en los artículos 264, y 268 del Código Procesal Penal, en razón de que no se dan los motivos para imponer las costas al Ministerio Público, puesto que se trata de un caso en donde el Tribunal por razones fácticas y jurídicas niega la tipicidad de las conductas atribuidas.

Antecedentes 

Los fiscales Juliana Giménez Portillo, Carlos Giménez Torres y Marcelo García de Zúñiga formularon acusación por lavado de dinero por negligencia grave contra altos directivos de los bancos BBVA y Continental, por presunta vinculación con el supuesto esquema criminal dirigido por Felipe Ramón Duarte que, a través de empresas de “maletín”, remesó irregularmente más de 600 millones de dólares al extranjero.  El equipo de fiscales fue coordinado por el abogado Alejo Vera, fiscal adjunto del Área Penal X. 

Los acusados son Félix Enrique Vera Ramírez, Natalia Vanesa Gill Estigarribia, Pedro Fabio Rivas Rodríguez, Carlile Adalberto Torres Cáceres y José María Britos Esquivel, del Banco BBVA. Además de Lauro Domingo López Chaparro, Rodrigo Martín Riveros  y Raúl Alberto Reyes Rivas, todos funcionarios del Banco Continental. 

De igual modo, fue acusada Carmen Noelia Pino Penayo, gerente del Banco Regional de Ciudad del Este por lavado de dinero (conducta dolosa) y cómplice de asociación criminal. La investigación se inició el 22 de diciembre de 2011 con la denuncia realizada  por la ciudadana Nélida Concepción Reyes sobre supuestas operaciones de cambios y transferencias de dinero de origen ilícito, canalizadas a través de varias entidades bancarias, que posteriormente eran remesadas ilegalmente al extranjero.

 

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