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Caso Hugo Javier: Imputado seguirá en arresto domiciliario por no presentar caución

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El juez José Delmás confirmó la medida de arresto domiciliario de Javier Marcelo Rojas, exdirector General de Administración y Finanzas de la Gobernación de Central, imputado en la causa que investiga un daño patrimonial a esa institución por más de G 5.100 millones.

La representación del imputado a cargo del abogado Fernando Rojas, solicitó el compurgamiento de la pena mínima a fin de obtener la revocatoria del arresto domiciliario, basado principalmente en el artículo 19 de la Constitución Nacional, que dispone que en ningún caso la prisión se prolongará por un tiempo mayor al de la pena mínima establecida para igual delito, de acuerdo con la calificación del hecho, efectuada en el auto respectivo.

“En términos idénticos el artículo 236 del Código Procesal Penal dispone que en ningún caso podrá sobrepasar la pena mínima prevista para cada hecho punible en la ley… El numeral 2)5 del artículo 252 de la ley 1286/98 “Código Procesal Penal de la República del Paraguay” ordena la revocatoria de la Prisión preventiva “cuando su duración supere o equivalga al mínimo de la pena prevista”, expresa el defensor.

Si bien se menciona que la representación fiscal no se opone a la revocatoria del arresto domiciliario, por compurgamiento de la pena mínima, se hace constar que por A.I. N° 525 de fecha 29 de noviembre de 2022 se le ha otorgado el Arresto Domiciliario dictada por este Juzgado. Así mismo se ha dispuesto en la parte resolutiva numeral II ítems. 6. La obligación de presentar una Caución Real por la suma de GUARANÍES MIL MILLONES (Gs. 1.000.000.000), Informo a V.S. que a la fecha se puede notar que el imputado ni la defensa técnica, habiendo transcurrido diez meses, no han dado cumplimiento a lo resuelto en la resolución mencionada, no obrando constancias de la agregación de caución real alguna.

Análisis del juez

Al analizar  lo planteado por la Defensa Técnica con relación a la medida cautelar sustitutiva del Arresto Domiciliario, dictada por esta Representación Judicial, teniendo en cuenta, lo solicitado por el defensor técnico, y haciendo una medición del tiempo transcurrido entre el dictamiento del arresto domiciliario hasta la fecha se colige que ha transcurrido diez meses, situación que además tiene en cuenta el Agente fiscal para allanarse a la solicitud de la defensa técnica.- 

A su vez, “esta Magistratura puede hacer notar que por A.I. N° 525 de fecha 29 de noviembre de 2022 se le ha dado Arresto domiciliario a Javier Marcelo Rojas y que tanto como la defensa técnica y el procesado aún no han dado cumplimiento a la garantía real en la parte resolutiva numeral II ítems. 6., y que a la fecha han pasado más de 10 meses de que los mismos no han dado cumplimiento a lo solicitado por este Juzgado. por tanto, previamente que se dé cumplimiento a lo resuelto por el a.i. n° 525 de fecha 29 de noviembre de 2022 en la parte resolutiva numeral ii ítems. 6. que presente los documentos correspondientes para la revocatoria en cuestión”,

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