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Conceden jubilación a Bonifacio Ríos como ministro de Corte, tras condena por su destitución vía juicio político

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La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones de la Corte dispuso acoger al régimen de jubilación ordinaria al exministro de la Corte Bonifacio Ríos Ávalos, además de disponer el pago de más de G 264 millones en concepto de haberes atrasados, como parte de la condena que recibió el Estado Paraguayo por parte de la CIDH, por su destitución en 2003 por la vía del juicio político. 

De acuerdo a lo resuelto, Bonifacio Ríos Ávalos, es acogido por la Jubilación Ordinaria bajo el Régimen de Jubilaciones del Sector Magistrados Judiciales, por lo que percibirá de manera mensual la suma de G 24.372.226.

Además se ordenó el pago de la suma de G 264.844.868 en concepto de haberes atrasados desde el momento de su destitución, a principios de este siglo. 

En el 2021 la Corte Interamericana de Derechos Humanos sentenció al Estado Paraguayo por la destitución de los exministros de la Corte Bonifacio Ríos Ávalos y Carlos Fernández Gadea, en el año 2003.

En su sentencia la Corte de Derechos Humanos argumentó que «los cargos formulados contra Ríos Ávalos y Fernández Gadea en el trámite del juicio político, con base en los cuales la Cámara de Senadores decidió su destitución, se basaron en decisiones dictadas en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales. En tal sentido, se configuró una seria afectación a la independencia judicial, en tanto fueron irrespetadas las garantías de estabilidad y de protección frente a presiones externas que amparan la función de los jueces, y que es deber del Estado salvaguardar».

De acuerdo al veredicto, “Paraguay fue responsable internacionalmente de violar la independencia judicial al haber destituido de forma arbitraria a dos ministros de la Corte Suprema de Justicia”.

El fallo obliga al Estado a regularizar las jubilaciones de los exministros Ríos Ávalos y Fernández Gadea (fallecido), desde el momento de su destitución en el 2003 hasta la fecha del fallo, con todas las prestaciones salariares y beneficios jubilatorios.

 

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