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Concejal requerido por tráfico será extraditado en proceso simplificado

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El juez Yoan Paul López hizo lugar a la extradición abreviada para César Vigo González a la República Argentina, donde es requerido por tráfico de drogas.

El imputado manifestó su intención de someterse al régimen simplificado a fin de ser remitido al vecino país, y aguardar la extradición en la Comisaría Primera de Encarnación

El abogado Mauro Marín sostuvo en audiencia que Vigo no tuvo grado alguno de participación en el marco de la causa formada por el país requirente con el pedido de extradición conforme a las documentales obrante en autos y consultado a mi representado en la fecha en que se había allanado una vivienda y aprehendido a dos personas y encontrándose sustancias estupefacientes él refiere no tener conocimiento alguno de ello y en dichas fechas también manifiesta de que él se encontraba en nuestro país.

El Ministerio Público atendiendo a que compareciente de manera voluntaria y luego de ser instruido sobre sus derechos, acepto su extradición por el método simplificado establecido en el art. 12 del tratado motivación suficiente para que el ministerio público en observancia del principio de objetividad no se oponga a que la medida cautelar sea cumplida en la dependencia policial bajo segura custodia de los responsables de ese espacio policial. “Por último y con relación a la solicitudes de incorporación de elementos probatorios a este proceso extradicional se solicita sean rechazados por no ajustarse los mismos a la previsiones legales que rigen el marco procesal de una extradición, asimismo se solicita que por la doble vía (Interpol y Diplomática) se informe a la justicia Argentina de manera muy urgente la fecha de detención de Cesar Vigo González y lo resuelto por el Juzgado tras esta audiencia”, sostuvo la fiscal Soledad Machuca.

En la cuestión de fondo se consigna la voluntad del extraditable de acogerse al trámite de extradición abreviada y en ese sentido, la fiscalía general del Estado no se opone a dicho planteamiento y considera viable la extradición

Esto en base a lo señalado en la Ley 1061/97, vigente y aplicable al caso, y en tal sentido, “EXTRADICION ABREVIADA. La Parte Requerida podrá conceder la extradición sin cumplir con las formalidades que establece este tratado, si la persona reclamada, con asistencia letrada, prestare, ante autoridad judicial competente su expresa conformidad, después de haber sido informada acerca de sus derechos a un procedimiento de extradición y de la protección que éste le brinda”. Asimismo, es importante resaltar que el extraditable manifestó en forma voluntaria su deseo de someterse al proceso abreviado de extradición, surge esto de las constancias de estos autos. –

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