Los fiscales Fátima Villasboa y Víctor Florentín representaron al Ministerio Público en el juicio en el que sostuvieron la acusación y propiciaron condenas contra los procesados; Julio César Romero (a 10 años de cárcel por tenencia de sustancias estupefacientes) y Carina Soledad Troche (también a 10 años, por empleo ilícito de bienes para el transporte de drogas peligrosas).
El Tribunal de Sentencia fue presidido por el juez Nelio Prieto y estuvo integrado por los magistrados Julio Acuña y Eva Silva, quienes analizaron las pruebas documentales, testimoniales y la evidencia (camioneta) presentadas por la Fiscalía.
Además, el colegiado judicial ponderó los informes técnicos periciales referentes a la extracción de datos y cruces de llamadas registrados entre los aparatos celulares incautados del poder de los procesados.
Con el resultado de la citada pericia se corroboró que las comunicaciones y los mensajes efectuados, tanto por Julio César Romero como por Carina Soledad Troche (quien se desempeñaba como docente), les comprometieron de manera directa en la comisión de los hechos punibles por los cuales fueron acusados y condenados.
En la audiencia pública se confirmó, incluso, la localización de una de las llamadas desde el lugar del hecho, ocurrido el 9 de febrero de 2016, a las 03:10 aproximadamente, en el distrito de Yatytay, en una persecución efectuada por agentes policiales, a una camioneta de la marca Nissan, modelo Terrano, desde una estación de servicios ubicada en el kilómetro 14 del ya mencionado distrito.
El personal operativo, no obstante, una vez que encontraron el rodado en el mismo ya no encontraron al ocupante, pero era Julio César Romero (comprobado en el juicio), quien abandonó el vehículo al costado de un camino empedrado, en el centro de Yatytay. Se probó en la audiencia pública que el ahora condenado estuvo en posesión de 326 kilogramos de marihuana, distribuidos en 349 ‘panes’ o paquetes rectangulares, envueltos con cinta de embalar de color marrón. Los ‘panes’ estaban contendidos en 12 paquetes, .liados con cinta de embalar marrón.
Todo el cargamento fue hallado entre el asiento trasero y la baulera de la camioneta Nissan, propiedad de Carina Soledad Troche (también condenada), quien facilitó el vehículo para transportar la droga. Troche adquirió la camioneta y para ello firmó un contrato de compra-venta por valor de G. 73.000.000, el 22 de setiembre de 2015 (seis meses antes de la fecha de la incautación de la marihuana).