El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de la 4º Sala Capital confirmó la resolución que establece la medición de la pena de tres años y seis meses de prisión por quebrantamiento del depósito, a la exfiscal Graciela Carolina Bogado Morel.
La defensa apeló la resolución por la cual se establece el cómputo definitivo de la pena aplicada, argumentando que la causa prescribió antes de que se aplique la pena por lo que “todas las actuaciones verificadas en la causa con posterioridad al acaecimiento del día en que se operó la prescripción de la acción, son nulas de insanable nulidad”.
Agrega que además está pendiente de pronunciamiento en el recurso extraordinario de casación aún en trámite ante la Sala Penal de la Corte.
La Fiscalía respondió que la sentencia ya quedó firme y está en etapa de ejecución, por lo que la A quo ha obrado en estricto cumplimiento de sus funciones al momento de dictar el auto recurrido.
Así también resalta que si bien existe un Recurso Extraordinario de Casación interpuesto por la defensa técnica, ello no afecta el cumplimiento efectivo de la condena.
Teniendo en cuenta los argumentos, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de la Cuarta Sala de la Capital resolvió confirmar A.I. Nº2147 de fecha 17 de noviembre del 2022, por la cual la condenada deberá cumplir su condena de tres años y seis meses de prisión por quebrantamiento del depósito del Ministerio Público.
Exfiscal Graciela Bogado cumplirá condena por quebrantamiento de depósito