25/03/2023

Corte declara como inadmisible casación promovida por Diaz Verón y esposa

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declara inadmisible el Recurso Extraordinario de Casación interpuesto por la defensa de Javier Díaz Verón y María Selva Morínigo de Díaz.

El recurso fue interpuesto contra el A.I. Nº fecha 12 de Diciembre del 2.022, dictado por el Tribunal de Apelación lo Penal, Segunda Sala Capital, en el cual declara inadmisible la apelación contra la providencia del Juzgado Penal de Sentencias Especializado en Delitos Económicos del 4 de octubre de 2022, que resolvió entre otras cosas, disponer la nueva integración del Tribunal de Sentencia para entender en la presente causa, integrado por los Jueces Cándida Fleitas, Víctor Alfieri y Alba González.

“En este caso, el A.I. Nº 408 impugnado, se trata de un auto interlocutorio del Tribunal de Apelaciones, pero que no cumple la exigencia prevista por la citada norma, que requiere para los autos interlocutorios que además pongan fin al proceso. Efectivamente, al declarar inadmisible la apelación general interpuesta contra una providencia que dispone la integración de un Tribunal de Sentencia y lo hace saber a las partes, el órgano jurisdiccional de alzada no pone fin al proceso, sino que, por el contrario, ordena su continuidad.”

“En este contexto, las resoluciones que «ponen fin al procedimiento!’ deben ser entendidas como aquellas que hacen lugar a una forma excepcional de conclusión del proceso, por ejemplo el sobreseimiento definitivo”, expresó el ministro Manuel Ramírez Candia 

“En conclusión, al no estar cumplidos los requisitos procesales fijados por el Código Procesal Penal para la interposición del recurso, el mismo debe declararse inadmisible.”

En similares argumentos se pronunciaron los ministros César Garay y Eugenio Jiménez Rolón, e la presentación recursiva es inadmisible, porque tiene como objeto una resolución del Tribunal de Apelación que no pone fin al procedimiento, ni extingue la acción o la pena, como tampoco deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena.

La ley procesal es categórica al decir que sólo son impugnables las resoluciones que la ley declara explícitamente como tales, ex Articulo 449 del Código Procesal Penal 1.

Francisco Javier Díaz Verón está acusado de Enriquecimiento Ilícito en carácter de autor, y María Selva Morínigo Vargas, por el hecho punible de lavado de dinero. De acuerdo a la acusación de la Fiscalía, el matrimonio realizó compras e inversiones que superan ampliamente su capacidad adquisitiva, por valor de G. 10.495.174.320, monto que se refleja como diferencia en las declaraciones juradas presentadas por ambos a partir del 2014.

La acusación tiene como tesis que Javier Diaz Verón, en su calidad de funcionario público, ha realizado adquisiciones, inversiones y cancelaciones de deudas que han sobrepasado sus legítimas posibilidades económicas y las de su cónyuge.

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