Reinaldo Javier “Cucho” Cabaña, acusado como líder de una banda de presuntos narcotraficantes, y beneficiado con una llamativa reclusión domiciliaria, sigue maniobrando para dilatar la preliminar prevista para el 28 de noviembre. Su defensor, el abogado Raúl Páez, repuso la providencia por la cual el juez Miguel Palacios fijó fecha de audiencia. La presentación fue rechazada por el magistrado, que a su vez dio trámite a la apelación planteada por la defensa y el expediente será remitido a la Cámara. La fiscala Lorena Ledesma pidió a Palacios que aplique medidas disciplinarias ante el recurso “de carácter dilatorio”. El juez hizo caso omiso a la solicitud, pese a estar obligado por el Código Procesal Penal a hacerlo a fin de velar por el buen desarrollo del proceso. (Artículo 113 del CPP).
Por Auto Interlocutorio del 24 de noviembre, el juez Palacios resolvió “no hacer lugar al recurso de reposición y apelación en subsidio interpuesto por el abogado Raúl Páez en representación de su defendido Reinaldo Javier Cabaña Santacruz y Gloria López Remírez, contra el proveído del 15 de noviembre de 2023, dictado en la presente causa”.
Remitir la presente causa al Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala, a fin de que proceda al estudio de la apelación en subsidio que fue interpuesta, señala la parte resolutiva de la decisión del magistrado.
Antecedentes
El abogado Raúl Bogado repuso la providencia por la cual el juez Palacios fijó el 28 de noviembre la audiencia preliminar. El letrado el comunicó al magistrado que la defensa de la otra procesada, Yisela Noemí Ramírez, presentó una aclaratoria contra la resolución de la Cámara por la cual se rechazó la recusación de Palacios. Agregó que este recurso aún no se resolvió y que en consecuencia no quedó firme la competencia del juez para que fije la preliminar.
Pedido de rechazo y sanción
La fiscala Lorena Ledesma solicitó al magistrado que rechace la reposición, porque el abogado ni siquiera señaló el agravio que le causó la providencia atacada.
“El único afán de la presentación (de la aclaratoria) en el Tribunal de Apelación, es generar nuevamente un medio para suspender la preliminar, porque en este caso el juzgado en las resoluciones anteriores, sin el consentimiento del Ministerio Público, otorgó libertad a personas acusadas por hechos punibles graves con una alta probabilidad de fuga”, afirmó la fiscala.
Pidió a Palacios que “dicte medidas disciplinarias por los recursos notablemente improcedentes, de carácter dilatorio…”.
El magistrado se limitó a decir que no corresponde la reposición. Expuso un breve argumento y ni siquiera tuvo en cuenta el pedido de la fiscala Ledesma, de aplicar sanciones disciplinarias ante la evidente chicana.
Ministros de la Corte deben tomar medida
El artículo 4º de la Acordada 961/15 establece claramente que la falta de ejercicio de las facultades disciplinarias constituirá una falta grave del juez. Es por ello, que la Corte debería tomar alguna medida con relación al magistrado Miguel Palacios, por que el incumplimiento de su obligación allana el camino para dilatar el caso “Cucho” con los incidentes dilatorios.