Se aprobó el Proyecto de Ley que modifica el artículo 8° de la Ley N° 609/95 que Organiza la Corte Suprema de Justicia, presentado por los senadores Pedro Santa Cruz y Desirée Masi. Con 21 votos, el Pleno aprobó el documento con modificaciones y se remitió a la Cámara de Diputados.
El senador Pedro Santa Cruz presentó el pasado 19 de agosto el proyecto de Ley por el cual se busca la regulación de la designación de ministros superintendentes de las distintas circunscripciones judiciales del país y establece la rotación obligatoria.
Santa Cruz había resaltado que esta situación trae aparejada la cuasi feudalización de algunas de las circunscripciones judiciales de nuestro país, atentando directamente contra la credibilidad institucional y en definitiva el Estado de derecho.
La Ley N° 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”, establece en su artículo 8 el mecanismo de elección de sus autoridades, pero no hace referencia a la figura del ministro superintendente de cada circunscripción judicial.
En la modificación buscan incluir además del voto nominal y a viva voz el siguiente párrafo: “Igualmente, por el voto nominal y a viva voz de al menos cinco de sus miembros, elegirán a los ministros superintendentes de cada una de las circunscripciones judiciales del país, cuyo periodo en el cargo coincidirá con el de las autoridades de la Corte Suprema de Justicia. Únicamente podrán ser reelectos en la misma circunscripción habiendo transcurrido al menos dos años”.
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