La Sala Penal declaró inadmisible la casación interpuesta por los abogados Blanca Agüero Trinidad y Gerardo González Báez, contra el A.I. Nº 356 de fecha 21 de diciembre de 2023, que difirió para el juicio oral y público los incidentes de prescripción de la acción penal y extinción de la acción penal en la causa a Carlos Sosa Palmerola y otros por el vaciamiento de la financiera Ara.
De acuerdo a la postura del Dr. Carlos Escobar Espínola, detalla al inicio El Tribunal de Apelación Penal Tercera Sala, mediante A.I. Nº 356 de fecha 21 de noviembre de 2023 resolvió confirmar el A.I. Nº 915 de fecha 03 de noviembre de 2023. En otras palabras, el Tribunal de Apelación confirmó el no hacer lugar al Recurso de reposición interpuesto en contra de la providencia de fecha 30 de octubre de 2023, en la cual se había resuelto tener presente los pedidos de prescripción y extinción de la acción penal presentado por la defensa para la audiencia preliminar.
Por tanto, “se advierte que la resolución recurrida en casación no tiene el efecto legal de poner fin al procedimiento ni se ajusta a ninguno de los demás supuestos establecidos en el art. 477 del C.P.P.- “Ante la ausencia del cumplimiento del requisito de impugnabilidad objetiva, requerido por la vía procesal del recurso extraordinario de casación, se torna inoficioso proseguir con el análisis de las demás condiciones de admisibilidad, en atención a que, todas ellas son condiciones necesarias para su admisión”, detalla el preopinante y en , en consecuencia, no corresponde el estudio del fondo de la cuestión planteada.”
El ministro Ramírez Candia votó por el rechazo, a AI que a su vez rechaza la reposición que tiene por recibidos los pedidos de prescripción y extinción, para ser resueltos en su oportunidad en al audiencia por lo tanto no pone fin al proceso, sino todo lo contrario
A dichos fundamentos se adhirieron los magistrados Giuseppe Fossati, Jesús Riera, Arnaldo Fleitas, Jose A. Delmas, Víctor Alfieri, Hector Capurro y Gustavo Auadre.
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