29/03/2023

Declaran inadmisible recurso de reposición y apelación de vinculada a esquema narco de Miguel Servín

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La jueza Rosarito Montanía declaró inadmisible el Recurso de Reposición y Apelación en Subsidio en contra de la providencia que admite la imputación a María Silvia Lezcano Monges, por asociación criminal y comercialización de sustancias estupefacientes, en la causa abierta a Miguel Ángel Servín y otros por narcotráfico. 

Se remiten los antecedentes al Tribunal de Apelaciones en lo Penal Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, a los efectos de estudiar la apelación.

“La providencia recurrida agravia a esta parte en razón a que, se encuentran pendiente de resolución el Incidente de Nulidad de la Notificación realizada a esta parte en fecha 18 de abril de 2022, formulada en atención a que dicha notificación providencia de fecha 12 de abril de 2022, no fue acompañada de la correspondiente copia del que comunica la Acta de Imputación Fiscal, incumpliendo entonces lo previsto en el artículo 303 del C.P.P”, refiere parte del recurso de la defensa.

A su vez el análisis fiscal analizando el planteamiento de la defensa técnica, así como lo obrante en el Cuaderno de Investigación Fiscal y el Expediente Judicial, se hace mención en primer término de que la resolución recurrida, es decir la providencia de fecha 12 de abril de 2022, fue debidamente notificada, en atención a que se debe señalar y considerar que la cédula de notificación, de fecha 12 de abril de 2022, depositada en la misma fecha en el sistema electrónico, vinculado al usuario del Abg. Mario Del Puerto Rodríguez, término computado desde el 18 de abril de 2022, fue firmado por un juez competente, independiente e imparcial, tal como lo requiere el artículo 16 de la Constitución Nacional.

De un minucioso análisis y posterior confrontación del escrito impugnativo presentado ante este Juzgado, con los requisitos contenidos en la norma, y examinadas las constancias de autos, se advierte que el Agente Fiscal interviniente Abg. YSAAC FERREIRA, presentó electrónicamente imputación en fecha 11 de abril de 2022, mediante la cual se atribuye una porción de hechos nuevos, que surgieron en la presente investigación, conforme fue avanzando la misma, sobre la base de nuevos elementos de sospecha, acerca de la supuesta participación de la incoada MARÍA SILVIA LEZCANO MONGES, incursando su conducta, dentro de las previsiones de los artículos 42 y 44 de la Ley 1340/88 y su modificatoria la Ley 1.881/02, todos en concordancia con los arts. 29 y 70 del Código Penal. 

Se concluye que la interposición del recurso resulta extemporánea, a la luz de lo dispuesto en el artículo 459 del Código Procesal Penal, por lo que al no hallarse cumplidos los requisitos procesales fijados en el Código Procesal Penal con relación al plazo de interposición del recurso, no es necesario seguir con el análisis de los demás elementos formales.

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