29/03/2024

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Defensora general modifica ley mediante reglamento y amplía cargos de confianza

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El Ministerio de la Defensa Pública soporta una demanda de decena de funcionarios ante el Tribunal de Cuentas, ya que su titular Lorena Segovia, modificó la ley 4423/11 que organiza la institución a través de un reglamento, para disponer de más cargos de confianza, que según la referida norma son la Secretaría General y la Dirección Administrativa. Sin embargo, Segovia incluyó otros cargos administrativos para contar con rubros de funcionarios antiguos, que tuvieron que recurrir a la justicia. El abogado Roberto Amendola, quien representa a los accionantes, señaló que la ministra se atribuyó funciones del Poder Legislativo y además no publicó el reglamento, “que es arbitrario y de ostensible nulidad”. El caso está con los magistrados Celeste Jara, Rodrigo Escobar y Gonzalo Sosa.

Nueve funcionarios del Ministerio de Defensa Pública accionaron ante el Tribunal de Cuentas con el objetivo de dejar sin efecto las resoluciones a través de las cuales fueron aparentemente degradados a cargos inferiores de manera ilegal.

El escrito es patrocinado por el abogado Roberto Améndola Galeano en representación de Gloria Duarte Ruíz, Sara Benítez Alegre, Fernando De Gásperi, Eulalio Quintana, Celso Cardozo Pico, Margaret Agüero de Quintana, Germán Ortigoza, Aníbal Bergottini y Oscar Cabrera Lombardo, todos ellos afectados por la Resolución 161/2021 “Por la cual se dispone la modificación parcial del Artículo 11, Capítulo II, de las Incorporaciones Permanentes y Temporales”.

De acuerdo a la denuncia, los demandantes son funcionarios cuyas antigüedades van desde los 9 hasta los 25 años en cargos no contemplados bajo la figura de “confianza”, pero que desde abril del presente año fueron reasignados a “cargos sensiblemente inferiores a los que ocupaban”.

En consecuencia, los cargos que anteriormente eran ocupados por los denunciantes quedaron vacantes en tanto que los funcionarios se vieron perjudicados con la disminución y beneficios acordes a los respectivos cargos.

“En cada acto administrativo se encuentran estas motivaciones: la necesidad de disponer de cargos de confianza; un memorándum que informaba que los afectados no se encontraban ejerciendo funciones inherentes al cargo; que los cargos de confianza fueron redefinidos mediante una resolución que modificó el Reglamento Interno, dictado el 25 de febrero que extendió los denominados cargos de confianza ahora a la Secretaria Privada, Directores Generales, Directores y Jefes de Departamentos, armonizando con el artículo 8 de la Ley de la Función Pública 1626/2000” que los cargos de los que disponen poseen características que lo hacen especiales”.

El abogado también menciona en el escrito que la modificación del Artículo 11, no fue formalizada a través de la publicación en la página web institucional ni fue enviada a los correos correspondientes.

A partir de estas situaciones, el patrocinante fundamenta la demanda bajo el criterio de la modificación de una ley por medio de un reglamento interno, la eficacia de un acto administrativo no publicado en los canales oficiales de información institucional, la exigencia de un concurso público como condición para acceder a cargos en este caso particular, la obligatoriedad de observancia de precedentes judiciales que exceden los términos concretos de la ley y el principio de legalidad en los actos administrativos.

“Es así como mediante la utilización de una facultad se incurrió en un acto ilegal sobrepasando y exorbitando las disposiciones de la ley orgánica, lo cual, como expresión de un desviación o abuso de poder tenía por finalidad lo que sucedió el 11 de abril a cada uno de mis representados, mediante el acto que les perjudicó”, expresa otra parte de la demanda.

A partir de estos elementos se solicita la nulidad de la Resolución 161/21, la suspensión de sus efectos por medio de una medida cautelar, hasta tanto se dicte una resolución con carácter definitivo.

En los últimos días el Ministerio de la Defensa Pública es objeto de debate por la denuncia de amaños en concursos públicos de méritos y aptitudes.

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