Lucas José Mensche Fernandes y Alcione Signori, dueños de una firma recicladora del distrito de San Cristóbal, fueron condenados a 2 años con suspensión a prueba por la recolección, el transporte, reciclado y disposición final de los residuos sólidos en inmuebles que no estaban habilitados como relleno sanitario.
Estos hechos se produjeron en el kilómetro 32 de la colonia Santo Domingo, del referido municipio del Alto Paraná. Los mismos no contaban con la declaración de impacto ambiental, documento expedido por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES).
El fiscal Víctor Adolfo Santander, titular de la Unidad Especializada en Delitos contra el Medio Ambiente Nº 3 de Alto Paraná y Canindeyú, logró la sentencia de 2 años con suspensión a prueba de la ejecución de la condena en juicio abreviado, a cargo del magistrado Bernardo Silva Vera, titular del Juzgado de Garantías de Santa Rita. Los dueños cometieron la infracción de la Ley 716/96 (Incumplimiento de Medidas de Mitigación y Procesamiento Ilícito de desechos).
Las reglas de conducta que deberán cumplir Mensche Fernandes y Alcione Signori son la prohibición de cambiar de domicilio, prohibición estricta de volver a cometer el delito, en especial de la naturaleza investigada; presentarse cada tres meses antes del Juzgado de Ejecución para firmar el libro habilitado para el efecto.
También cuenta con la obligación de entregar una suma de dinero como reparación del daño social causado y que será destinada al Centro de Salud de San Cristóbal para la compra de medicamentos y/o insumos de limpieza.
Según antecedentes, los ahora condenados son propietarios de la recicladora Alborada, empresa adjudicada por la Municipalidad de San Cristóbal para el servicio de recolección de residuos sólidos en la comunidad.