El contralor Camilo Benítez presentó una medida cautelar ante un Juzgado Civil y Comercial para poder acceder a los documentos que requieren al IPS, en el marco de la auditoría que se realiza a la previsional.
De acuerdo al petitorio, la Contraloría dispuso la realización de una auditoría financiera al Instituto de Previsión Social (IPS), para lo cual requirió a la previsional la remisión de una serie de documentos e informes.
Benítez expresa que el IPS ha remitido en parte los documentos e informes requeridos, “no obstante, por Notas CGR Nros. 338 y 339, ambas de fecha 18 de enero de 2023, se ha solicitado la remisión de los documentos e informes faltantes, que aún se encuentran pendientes y que no fueron remitidas con la primera presentación”.
Refiere además que el 6 de febrero se remitió la Nota CGR N 843 por la cual se otorgaba un plazo de 24 horas para remitir los informes y documentos reiterados por Notas CGR Nros: 338 y 339, caso contrario se procederá a dar cumplimiento al Articulo 20 de la Ley N 276/94 Orgánica y Funcional de la Contraloría General de la República.
Teniendo en cuenta que el ente no cumplió en el plazo establecido, la medida cautelar es presentada para dar cumplimiento al Articulo 20 de la Ley N° 276/94 que ordena:
«En los procedimientos de control y fiscalización, la Contraloría General podrá solicitar al Juez de Primera Instancia en lo Civil de Tumo de la jurisdicción judicial correspondiente, el allanamiento de domicilios, locales, depósitos u otros recintos, con auxilio de la Fuerza Pública, medida que será proveída en el plazo de veinte y cuatro horas, si correspondiere»
Para dar cumplimiento a las disposiciones legales es necesario disponer de los informes y documentos que evidencian las actividades y gestiones realizadas por los Organismos y Entidades del Estado, en este caso que nos ocupa el Instituto de Previsión Social.
El contralor solicita específicamente que se dé trámite a la medida judicial en carácter de urgencia, para que el Instituto de Previsión Social remita siguientes informes:
Copia de los contratos, órdenes de compra, factura, recibos, y otros documentos que autoriza la transacción entre IPS y la empresa proveedora.
Nota de remisión y/o acta de entrega y recepción que certifiquen la entrega de los bienes y/o servicios. Punto 12. Copia de mayor analítico de las cuentas que registran de los saldos a pagar a los proveedores de insumos, medicamentos, productos e instrumentos médicos y de laboratorio al 31 de octubre de 2022
Listado de solicitudes y pagos en concepto de subsidio por maternidad durante el ejercicio fiscal 2021, hasta el mes de octubre 2022. Punto 10. Copia del Informe elevado al Consejo de Administración.
Copia del Acta del Consejo de aprobación del préstamo y de la aprobación del saldo de la deuda y su respectivo libro de asistencia.
Listado de proveedores que recibieron pagos con fondos de los préstamos otorgados al IPS por Bancos de plaza, con el respaldo documental. (Información y Datos según formato remitido)
Criterio implementado para la selección y porcentaje de pago a cada empresa del total de la deuda. Punto 4. Unidad responsable de la selección y sugerencia para los pagos respectivos, y nómina y cargo del funcionario y/o funcionarios responsables. Punto 5. Copia del Acta del Consejo que aprueba la priorización de pagos de los Proveedores y los criterios aplicados, junto con el libro de asistencia a las sesiones en que se tomó la decisión.
Detalle el número del cheque, banco, orden de pago, recibo, factura, concepto, fecha de factura y fecha de pago.
Finalmente el petitorio expresa que por lo expuesto precedentemente, solicitamos a V.S. se sirva dictar, con carácter de urgencia, Medida Judicial contra el Instituto de Previsión Social (IPS), a los efectos de que presente los informes y documentos requeridos por la Contraloría General de la República.