18/05/2024

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Enjuiciarán a abogado ligado a rosca de coimas liderado por fiscal Ana Girala

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El juez Rodrigo Estigarribia elevó a juicio oral y público la causa abierta al abogado Marcos Aurelio Velazco Mendoza, acusado por tráfico de influencias, soborno agravado y asociación criminal en la causa por un pedido de coima a cambio de una salida procesal en un caso causa por homicidio doloso, caso en el cual también está acusada la fiscal Ana Girala.

Durante la audiencia preliminar, la defensa planteó nulidad de actuaciones de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 165 y 166 del C.P.P., en base “a las violaciones del debido proceso que se ha dado en la presente causa, durante la etapa preparatoria, en ese sentido tenemos que el Ministerio Público violentó las disposiciones de los artículos 129 y 130 del C.P.P. en razón de que mi defendido fue imputado en fecha 01 de marzo del 2023 y dicho requerimiento fue presentado el mismo día ante el juez de garantías quien en la providencia de aceptación de imputación estableció un plazo judicial ilegal para la presentación de su requerimiento conclusivo en fecha 01 de septiembre del 2023.”

“Es así que en fecha 14 de agosto el representante del Ministerio Público, sin haber solicitado la abreviación del plazo y sin haber fundamentado presenta acusación en contra de mi defendido y el juzgado recibe dicho requerimiento pasando por alto esta situación y le otorga el trámite establecido en el Artículo 352 del C.P.P. produciéndose de esta manera una violación de un derecho consagrado en el Código Procesal Penal y los Artículo 16 y 17 respectivamente de la Constitución Nacional, debiéndose por consiguiente ser declara nulas las actuaciones.” 

En respuesta a los agravios, el juez aclara que la defensa ha mencionado normas jurídicas no expresó específicamente de qué manera se violaron sus derechos y garantías, sino que simplemente citó artículos procesales. 

“Del mismo modo, al mencionar que el Ministerio Público presentó antes de la fecha fijada por el juez el requerimiento respectivo, la defensa no detalló cuál es el agravio que le generó esta circunstancia y tampoco de qué manera se violaron sus derechos”, apunta el magistrado.

Por otra parte, analiza el planteamiento de nulidad de la acusación, citando en la fundamentación que al observar el acta de declaración indagatoria se puede concluir que se le atribuyen circunstancias fácticas, vale decir, se le dio la oportunidad de defenderse de los hechos que se le sindican y no está demás recordar que las personas se defienden de hechos y no de tipos penales, este último, inclusive, puede modificarse hasta en el juicio oral y público.

En este sentido, es oportuno mencionar que el ejercicio real de la acción se da con la presentación de la acusación y es en este escrito donde debe obrar la relación circunstanciada de los hechos pues es difícil que al inicio de la investigación se tengan claros los detalles fácticos y, es justamente en la etapa preparatoria donde deben colectarse los elementos para confirmar o negar la hipótesis delictiva. 

“En definitiva, al verificar que se dio cumplimiento al requisito formal establecido en el artículo 350 del CPP, corresponde el rechazo del incidente de nulidad de la acusación.”

Antecedentes

Velazco Mendoza se tiene que el acusado que es abogado matriculado ante la Corte Suprema de Justicia y en el periodo comprendido del mes de septiembre del 2022 al mes de febrero del 2023, tomó intervención en causas penales tramitadas ante la unidad penal N° 1 de la fiscalía zonal de San Lorenzo. 

En ese sentido Marcos Aurelio Velazco Mendoza, se valió de la relación personal que tenía con la secretaria fiscal Griselda Acha para lograr a través de ella la confianza de la agente fiscal Ana Girala y de esa manera obtener beneficios a sus intereses  

 

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