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Esperan que escribanías, entidades crediticias y entes públicos apliquen exigencia del REDAM 

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El juez Guillermo Trovato destacó el avance obtenido con los municipios que establecen como requisito tener limpio el Registro de Deudor Alimentario Moroso, a efectos de acceder a las licencias de conducir y enfatiza que tanto escribanías, como entidades crediticias y entidades públicas están obligadas al mismo procedimiento, según el mandato de la ley.

El magistrado hizo un abordaje general sobre los alcances de la normativa, a partir de la reciente aplicación de este requerimiento por parte de todos los municipios de la república, aclarando que la ley del REDAM está vigente desde el 2020, pero la aplicación por parte de las comunas rige recién desde la presente semana.   

Lo relacionado a licencias de conducir está contemplada en el Artículo 9 de la ley 6506 en su inciso A, pero queda pendiente el inciso B que dice lo siguiente: “Los que se realicen ante notario público relativos a la compra venta de bienes registrables y no registrables.

Además de los trámites ante escribanos, tanto las entidades bancarias, financieras o crediticias están obligadas a solicitar el REDAM, como requisito indispensable para avanzar en el proceso para el otorgamiento de lo solicitado.

“El inciso C, habla que en las celebraciones de matrimonio civil, el funcionario de ese acto pondrá a conocimiento de esta situación, no impide el matrimonio, pero pone a conocimiento de la otra persona, si  decide casarse o no ya es una decisión personal”, explicó el camarista.

“La ley es clara y se cumple y las instituciones que están obligadas deben hacerlo, el Colegio de Escribanos tiene que socializar sobre la vigencia de la ley, desconozco si hubo modificación y hablar con el Registro Civil, si están cumpliendo porque hay muchos matrimonios, y también consultar a las entidades financieras sobre la solicitud del REDAM para préstamos y otros servicios”

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