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Estiman que en 15 días se tendrá resultado de auditoría en causa López Lohman 

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El Dr. Alfredo Enrique Kronawetter, recientemente designado en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, hizo una estimación sobre el resultado de la auditoría aprobada sobre la actuación en el citado expediente que derivó en la remoción del fiscal de San Pedro, quien falleció tiempo después. 

En su primera sesión como miembro titular del Jurado, se enfocó en las circunstancias que rodearon al proceso en el cual se destituyó al citado agente del Ministerio Público, haciendo la salvedad de que se aprobó una auditoría y no una causa como tal. 

“Considere que era importante que se haga una auditoría de gestión acá hay una dependencia tiene que existir que es la auditoría y se puedan evaluar desde la dirección jurídica paso a paso las actuaciones que se dieron con respecto al fiscal López Lohman. 

“Puse como ejemplo la situación de que aparentemente no se abrió la causa prueba a pesar de que existía una solicitud del ese entonces enjuiciado y quiero cotejar de acuerdo al informe de auditoría de gestión el plazo que se dio para tratar el juicio y compararlo con otros juicios similares para ver si se hizo con la misma utilización de tiempo o hubo un apresuramiento que también puede ser llamativo.”

“Aparentemente hubo una suerte de interés para que se resuelva en la forma que aconteció y con las consecuencias, me dejó muy afectado que se trata de una persona con cáncer y no pudo seguir un tratamiento en sus últimos tiempos, eso genera una sensación especial y dolorosa.” 

Kronawetter insistió que trabajará en la recuperación de la credibilidad y la institucionalidad en el JEM, enfatizando que en caso de contar con elementos certeros de hechos punibles será el perineo en denunciar.

“Mi compromiso con la verdad y el derecho si realmente se ha vulnerado si se ha direccionado un fallo, obviamente es insostenible y lo voy a señalar yo pedí en un plazo de 15 días para el resultado de la auditoría”

“Es un expediente que no creo que tenga tanta dimensión, hablamos de un caso que se cuestiona la actuación por no haberse excusado, es una cuestión de cotejar actuaciones, ver momentos, ver si el proceso siguió el curso regular, quiero ver si la persona pudo defenderse y si fue atendida esa defensa”.

“El perjuicio está causado porque falleció el que podía haber solicitado revisar la sentencia, esa sentencia nunca estuvo firme, tengo entendido que emprendió la inconstitucionalidad, no se va reabrir sino analizar si se cumplieron pautas de legislación de fondo y procesal y las consecuencias son responsabilidades de quienes debían intervenir”

 

 

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