El Tribunal de Apelación en lo Penal, de la Cuarta Sala, de la Capital, confirmó que la audiencia de extracción de datos en la causa abierta sobre Paraguayo Cubas, por perturbación de la paz pública y otros hechos se realizó antes de la presentación de la acusación y no de forma posterior, como alegó la defensa.
La defensa argumentó que las partes en fecha 16 de noviembre de 2023 a fin de dar cumplimiento a lo resuelto por A.I. Nº 1000 de fecha 10 de octubre de 2023, el cual como primer punto dispone la autorización para la realización de la delimitación (depuración) temporal de los datos contenidos en los dispositivos que se encuentran a disposición de este Juzgado respecto a la extracción de los datos de los celulares incautados en el presente proceso.
En ese sentido, sostiene que el requerimiento conclusivo fue presentado el 5 de noviembre, con acusación y solicitud de elevación a juicio oral y público, por lo que afirma que la audiencia de delimitación temporal de datos fue realizada de forma extemporánea.
Al respecto, la camarista Rosalba Garay sostuvo en su voto que dicha audiencia, según consta en autos, fue convocada para el 18 de octubre y el requerimiento conclusivo fue efectivamente presentado posterior a este acto, por lo que “no se puede considerar que la diligencia que se debía realizar se encontraba en etapa preclusa”, voto al cual se adhirieron Arnulfo Arias y Arnaldo Fleitas.
Los fiscales Jorge Arce, Alma Zayas, Francisco Cabrera y Diego Arzamendia acusaron por perturbación de la paz pública, resistencia, amenaza de hechos punibles, tentativa de impedimento de las elecciones y tentativa de coacción a órganos constitucionales a Cubas, como presunto responsable de instar a violentas protestas en varios puntos del país tras divulgarse los resultados de las elecciones generales.
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