La grave negligencia de la fiscala antidrogas, Elva Cáceres, permitió el sobreseimiento definitivo de los agentes especiales de la SENAD, Ángel Manuel Almada Castro y Enrique Arrua Galeano, acusados de haber filtrado información a un supuesto narcotraficante. La propia agente del Ministerio Público se allanó al incidente de nulidad de la acusación, que se presentó el 20 de febrero de 2019, cuando debió formular el 20 de enero del mismo año. Cáceres dijo que “no hubo mala fe y mucho menos irresponsabilidad, sino un error que a todos nos puede pasar”. Se espera que la Inspectoría pida los antecedentes para la apertura de una investigación, como había prometido el nuevo fiscal general, Emiliano Rolón.
El Tribunal de Sentencia que declaró la nulidad de la acusación y dispuso el sobreseimiento definitivo de los acusados estuvo presidido por la jueza María Fernanda García de Zúñiga e integrado por los magistrados Héctor Capurro y Yolanda Portillo.
“A la luz de las disposiciones transcriptas y de las constancias, surge de manera categórica que se presentó la acusación fuera de plazo establecido en la ley, circunstancia que conlleva a la nulidad absoluta de la acusación. En consecuencia, es nulo también el auto interlocutorio N° 1287 de fecha 10 de setiembre de 2021 y no corresponde llevar adelante el juicio oral y público, debiendo disponerse el sobreseimiento definitivo de los acusados Ángel Almada y Enrique Arrua. Así mismo, corresponde levantar todas las medidas cautelares impuestas en autos, pues de acuerdo al artículo 324 del Código Procesal Penal debió finalizar la investigación en fecha 20 de enero de 2019 y no en fecha 20 de febrero de 2019 como ya se mencionó”, dijeron los integrantes del Tribunal de Sentencia al hacer lugar al incidente planteado por la defensa.
Las conductas atribuidas a los acusados se encuentran incursas en el artículo 315 de Código Penal y el artículo 40 de la ley 1340 y su modificatoria la ley 1881/2022, en concordancia con el artículo 29 inciso primero en calidad de autoría.
La fiscala Cáceres se allanó a la nulidad de la acusación y al sobreseimiento definitivo que se planteó. Dijo que “razones asisten al defensor en este caso para plantear la extinción de la acción y el sobreseimiento definitivo de su defendido, siendo así y atendiendo a un criterio objetivo también del Ministerio Público nos allanamos al incidente de nulidad planteado por la defensa”.