Search

Ilegal injerencia de ministro y desacato a orden judicial

Compartir:

El artículo 3° del Código Procesal Penal protege la imparcialidad y la independencia del juez. Es por ello que establece que en caso de injerencia de integrantes de otros poderes del Estado (Ejecutivo y Legislativo), deberá informar de la situación a la Corte. Luego, agrega que en caso de que la injerencia sea de la propia Corte o algún ministro, se informará a la Cámara de Diputados.

En la causa Ycuá Bolaños, se apartaron del proceso las tres juezas: Laura Ocampos, María Fernanda García de Zúñiga y Cándida Fleitas. Todas alegaron el artículo 50 del Código Procesal Civil inciso 13, que hace referencia a “cualquier otro motivo grave” que afecte la imparcialidad y la independencia del juez.

La magistrada Ocampos refirió claramente en su escrito de inhibición que emplazó por 72 horas a la directora de Contaduría General de los Tribunales, Graciela Gallardo para que levante el embargo y pague a un grupo de víctima del incendio del supermercado Ycuá Bolaños. Las mismas tienen que recibir el resarcimiento establecido en el proceso penal, considerando que estos afectados no promovieron ninguna demanda civil.

Gallardo, lejos de cumplir la orden judicial, recomendado incluso en el dictamen de la asesoría jurídica de la Corte, informó del caso al ministro Eugenio Jiménez Rolón. Es más, solicitó al citado magistrado que disponga una auditoría al tribunal que la intimó.

Amparada en Jiménez Rolón, la funcionaria se negó a cumplir la disposición judicial. En consecuencia, los abogados de las víctimas pidieron que se remitan sus antecedentes a la fiscalía por desacato.

Ante esta solicitud y las publicaciones periodísticas, Gallardo, posteriormente informó que levantó los embargos, para dar cumplimiento a la orden. Sin embargo, en el mismo escrito advirtió a la jueza Ocampos que estaba violando el Código Procesal Civil, al establecer que se pague a la número 26 de la lista.

Ni la funcionaria, ni el ministro de la Corte, pueden ignorar una orden judicial. Tendrían que ser los primeros en cumplirlos. Jiménez Rolón sabe eso, pero avaló el incumplimiento por parte de su protegida Gallarda.

El grave hecho fue denunciado por el grupo de víctimas ante la Cámara de Diputados y solicitaron que se impulse un juicio político al referido ministro. 

“Pareciera que nos están quemando de nuevo”, dijeron los afectados al referirse a Jiménez y Gallardo. “Para nosotros es inadmisible que un ministro de la Corte avale el incumplimiento de una orden judicial”, acotaron.

Es plausible la decisión de las víctimas de recurrir a Diputados para denunciar la grosera injerencia de Jiménez Rolón, que por más ministro que sea tiene que acatar la decisión tomada por un magistrado.

Igualmente es plausible el hecho de que las tres juezas hayan dejado sentado en sus escritos de inhibición el atentado contra su independencia y nada menos que por un integrante de la máxima instancia judicial y su protegida, la funcionaria Graciela Gallardo.

La gente no se tiene que callar y mucho menos quedarse con los brazos cruzados ante tamaña ilegalidad.  Los que pisotean la Constitución y las leyes no pueden tener cabida en el Poder Judicial y mucho menos en la Corte Suprema.

Artículos Relacionados