El juez Matías Garcete otorgó el arresto domiciliario a Nelson Germán Ortiz Patiño, imputado por presunto tráfico de influencias, tres días después de haberse dictado la prisión preventiva.
El abogado Jorge Navero, solicitó la revisión de la medida cautelar de prisión preventiva el día de ayer, cabe recordar que el propio juez Garcete había resuelto la prisión preventiva por peligro de fuga y obstrucción el pasado 5 de setiembre.
Entre los argumentos expuestos citó la naturaleza del tipo penal de tráfico de influencias, que al tratarse de un delito tiene una baja expectativa de pena. A su vez presentó una caución real de inmueble por un valor de G 277.000.000 a modo de desvirtuar el peligro de fuga, como también fianza personal de G 300.000.000.
“El monto total ofrecido alcanza la suma de Gs 577.608.000 y con estos elementos desvirtúan el peligro de fuga., comprobando además el arraigo suficiente”, expresa la solicitud.
Análisis del magistrado
“No podemos dejar de mencionar que el Agente Fiscal interviniente en un principio había requerido la prisión preventiva en contra del supuesto autor del injusto (en la etapa incipiente), en consideración a que este poseía una causa en la cual se encontraba condena, lo cual según sus expresiones la aplicación de medidas de carácter ambulatorio serían imposibles de cumplir; de esto deviene dos cuestiones; la primera es que la condena al cual el Ministerio Público hace referencia, se trata de una sanción con suspensión a prueba de la ejecución, es decir, que la aplicación de medidas sustitutivas a la prisión preventiva no serán de imposible cumplimiento para el procesado; pues bien, dicha sanción condenatoria, que recae sobre el Sr. Ortiz Patiño, no tiene poder de afectación a la presente causa (donde se presume la inocencia), sino, afectaría a la implicancia de la causa indicada de suspensión.”
“Finalmente se debe señalar que el Agente Fiscal no ha participado de la audiencia de revisión a fin de sostener alguna postura, por tanto, corresponde la valoración de la situación procesal afectado con las consideraciones que fueron expuestas en audiencia, y según la defensa hacen a su derecho (y conforme lo permite el art. 10 C.P.P. última parte).”
“Esta Judicatura considera viable la pretensión de la defensa de realizar dicho cambio e imponer a su favor una sustitutiva, tal como lo es el arresto domiciliario, acreditado (conforme a elementos arrimados) para el cumplimiento efectivo, y que resulta necesaria para asegurar su sometimiento al proceso y a su vez realice el tratamiento necesario para asegurar el correcto desarrollo del debido proceso, por lo que considera que corresponde hacer lugar a la revisión de medidas cautelares solicitada, otorgándole el arresto domiciliario y a fin de asegurar el sometimiento del citado encausado a las resultas del proceso corresponde, bajo los parámetros de fianza personal y fianza real (conforme lo propone la defensa técnica) así como la prohibición de salida del país.”
Según los antecedentes, Ortíz Patiño contactó con el intendente de Trinidad Isaac Cuéllar a efectos de intermediar ante la Dirección del Tesoro para que efectúe el desembolso de G 9.500 millones en concepto de aporte especial a los municipios con monumentos históricos.