El Tribunal de Apelación en lo Penal Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado confirmó la admisión de la imputación y en consecuencia la aplicación de la prisión preventiva para Gabriela Vasso Mosqueira, imputada en la causa Interpol.
Según la defensa, “los elementos de convicción alegados por las representantes del Ministerio Público no configuran elementos de convicción suficientes o indicios vehementes para sostener que mi defendida, sea probablemente autor o partícipe penalmente responsable del hecho; y tampoco concurren los presupuestos establecidos en el Art. 242 CPP para denegar la excarcelación.”
Para la la camarista Andrea Vera, la resolución dictada por el juez Humberto Otazú está fundada dentro del marco legal establecido al Juez de Garantías, en consecuencia, no se consolidan presupuestos de arbitrariedad de sentencia, ya que, conforme a los extremos expuestos, efectivamente se ha demostrado que tanto el peligro de fuga como de obstrucción no podría ser evitada por una medida menos gravosa a la prisión preventiva, conforme a lo expuesto por el juzgado penal de garantías, por lo que corresponde declarar inadmisible dicho recurso.
El juez Arnulfo Arias pone énfasis en los elementos recogidos en el marco de la investigación, como sustento a lo resuelto por el inferior “existen constancias que afirmarían sobre la supuesta participación en los ilícitos no solo de los oficiales Hugo Javier Vallejos Rivas y Kevin Eduardo Montiel Sanabria, sino también de la oficial policial Gabriela Vasso Mosqueira, quien tendría la obligación – conforme a las atribuciones de su cargo- de indicar o reportar a sus superiores jerárquicos los hechos consistentes en la confirmación de las eliminaciones de alertas rojas”
“En cuanto a los agravios del apelante, alega en favor del otorgamiento de la medida sustitutiva de la prisión, por considerar el hecho punible atribuido a su representada como “Delito”. No obstante, nos encontramos en el inicio del proceso y en esta etapa, surge la necesidad de resguardar las investigaciones primarias, motivo suficientes para optar por la medida de Prisión Preventiva, a fin de asegurar la obtención de los elementos de juicio suficientes en la búsqueda de la verdad”
Precisa de igual manera que los actos atribuidos a la misma, tienden – dice la imputación – a beneficiar a estructuras delictivas organizadas dedicadas al tráfico de drogas, que en particular constituyen hechos punibles graves, considerados como crimen.”, concluye el magistrado con adhesión de la Dra. Bibiana Benítez.