Para el camarista Gustavo Ocampos, quien luego de 36 años deja la magistratura, no hay duda de que la Contraloría es el órgano habilitado por la Constitución para estudiar la correspondencia de bienes de jueces y hacer la denuncia ante Fiscalía para la formación de una causa penal por enriquecimiento ilícito, lavado de dinero, etc., en caso de detectar incongruencia. “Aquellos que están en la mala senda, pueden utilizar formas para ir eludiendo el control. Se debe verificar el crecimiento patrimonial fuera de lo debido”, dice. Considera que se tienen que actualizar declaraciones juradas, “porque pasa mucho tiempo, entre asumir y dejar el cargo”.
Ocampos está de acuerdo que la Contraloría impulse el estudio de correspondencia de bienes de los magistrados. Con relación a este tema, manifestó a El Observador entrevista lo siguiente:
“Si bien nuestra Constitución habla (de la presentación de las declaraciones juradas) dentro los 15 días lego de asumir el cargo y 15 días al salir; pero ese ínterin entre una y otra, puede pasar mucho tiempo. Yo no me opongo a que periódicamente, como una vez hizo la Contraloría de actualizar estas declaraciones juradas. Hoy en día cambiaron los formularios de declaraciones juradas, ya no es solo de la persona afectada, sino también de padre, madre, hermanos, hijos; específicamente porque muchas veces aquellos que están en la mala senda, pueden utilizar formas para ir eludiendo, debe ser verificado ese crecimiento patrimonial fuera de lo debido, y que no exista en nada una correlación con el ingreso que tiene el magistrado”.
“La Contraloría puede examinar, es su función y cuando note que hay algo categóricamente irregular, entonces puede remitir los antecedentes para la formación incluso de una causa por enriquecimiento ilícito, lavado u otras cosas o cohecho pasivo agravado. Entonces, con mayor razón y eso decíamos que en caso de recaer sentencia condenatoria, acreditarse todo eso, que también a aquellos que incurren en eso, ya que no han tenido la suficiente entereza de manejar los valores éticos, se le inhabilita en el ejercicio del cargo público”, manifestó Ocampos.
-¿Crees que es muy importante que la Corte disponga de esos datos (estudio de correspondencia de bienes? Se dan muchos casos de ostentación del patrimonio. En tu audiencia pública para la Corte dijiste que con tu salario no podías comprar un vehículo 0 km. ¿Qué es lo que puede tener o comprar un magistrado?
“Sí es así, en alguna medida ese comentario que vos me haces, la pregunta de mi audiencia pública es porque yo pienso que nuestra exposición exterior en cuanto a nuestro patrimonio debe ser coherente con nuestra con nuestras remuneraciones. Aquello que implique una ostentación de lujo excesivo, yo pienso que está fuera, salvo que yo sea un mal administrador; pero yo parto de la idea que eh, con nuestro salario primero nosotros tenemos que cubrir nuestras necesidades más básicas, salud, alimentación vestimenta y presentación decorosa, no solo el magistrado, sino también está su familia. Hoy día tengo cuatro hijos ya profesionales por suerte y son más mayores, pero te digo, aún, así se debe estirar, esa debe ser la exteriorización, y cuando surjan casos de manifiesta exteriorización de lujo, entonces ahí ya debe saltar la duda con relación a eso y debe existir una suerte de examen de correspondencia en ese sentido. Se crea, la Contraloría General de la República como órgano encargado, ya a partir de la constitución del 92, como órgano encargado de control de todo el manejo financiero y económico del estado, ahí no hay discriminación en cuanto a los estados que deben ser controlados”.
“Justamente a los efectos de ir evitando las irregularidades, que muchas veces ustedes mismos se hacen eco, y además en ese sentido yo soy del criterio, que, en todos los estamentos de Estado, la Contraloría debería tener acceso, y para recibir la información e ir haciendo el examen de todo el manejo”.
-Eso se debería trabajar para que la gente que nos ve y está escuchando en tienda, estás hablando entonces de que muchos muchas instituciones o muchas autoridades se blindan mediante una acción de inconstitucionalidad o una medida de urgencia que otorga la Corte dejando sin efecto la ley que modificó el artículo 30, y que le daba esa facultad al modificar ese artículo 30 que habla de la creación del Tribunal de Cuentas, del Código de Organización judicial, entonces, se blinda qué es lo que nosotros llamamos periodísticamente. ¿Entonces, ninguna institución debería estar blindada entonces de la Contraloría?
“Justamente, la transparencia o sea eso al hecho de que, por qué blindar si lo mejor es abrir las puertas y que se vea el manejo, que sea claro en el sentido, ahora sí se cometen errores por desconocimiento implica una suerte de incompetencia de los que tienen a su cargo la administración. Hoy día ya no se habla de recursos humanos y nos habla desarrollo del talento humano, y hay que interpretar, eso implica que las personas más capacitadas para ejercer esos cargos, y más aún cuando se refiere al manejo de fondos del Estado, se tiene que hacer con la máxima transparencia, ahí eso afecta a toda la ciudadanía, a todos los votantes. En ese sentido, cualquier mal manejo va en detrimento de poder también ir buscando una suerte de bienestar para todos los ciudadanos.