Los camaristas José Agustín Fernández, Delio Vera Navarro y Cristóbal Sánchez, en el fallo en el cual anularon el sobreseimiento definitivo del diputado colorado, Tomás Rivas en el caso “caseros de oro”, criticaron duramente la sentencia del juicio oral que, según enfatizaron, se “funda en inobservancias de la Constitución y el Código Procesal Penal”. Dijeron que los miembros del Tribunal de Sentencia en mayoría, Héctor Capurro y Juan Carlos Zárate “dieron validez a acto ilegal e ilegítimo. Se referían al acuerdo entre Rivas y el entonces presidente de la Cámara Baja, Pedro Alliana, quien aceptó la devolución del dinero con que Rivas pagó a los empleados que cuidaron su casa. “Estamos ante una actividad procesal defectuosa que no es susceptible de ser convalidada”, resaltaron los magistrados. El fallo enumera un rosario de irregularidades cometidas por los magistrados del juicio oral para blanquear al diputado, que usó plata pública para pagar a sus caseros.
Sentencia arbitraria
El acuerdo de voluntades no fue celebrado por quienes tenían la legitimidad de hecho: el procesado Tomás Rivas y el procurador general de la República. Por lo tanto, este presupuesto no fue cumplido, al no constatarse la admisión expresa ni del representante de la víctima, ni el Ministerio Público. En conclusión, el Tribunal de Sentencia dictó una resolución arbitraria e ilegal, al no reunirse los presupuestos del artículo 25 inciso 10 del Código Procesal Penal.