El juez Matías Garcete desestimó la denuncia por lesión de confianza contra Marco Trovato, expresidente del Club Olimpia. El pedido fue realizado por las fiscales Natalia Silva y Claudia Aguilera y ratificado por la Fiscal Adjunta Patricia Rivarola.
La denuncia fue formulada por la socia activa María Silvia Díaz Heisecke y expresa cuanto sigue:
“Existe un juicio de preparación de acción ejecutiva promovida por la firma Pantisol S.A contra el Club Olimpia para el cobro de la suma de USD 350.000. documentados de la siguiente manera: 1) Cheque Nro. 026078 cargo Banco Continental con fecha de emisión de 19 de enero de 2021 y fecha de pago 16 de julio de 2021, por la suma de USD 100.000, y 2) Cheque Nro. 00636023 cargo Visión Banco con fecha de emisión 06 de octubre de 2020 y fecha de pago 30 de marzo de 2021 por USD. 250.000. Refiere la denunciante que el Club Olimpia, en el momento de la firma del contrato comisión con la empresa Pantisol S.A representante del futbolista del plantel de primera, Diego Fabián Polenta, se encontraba con un estado patrimonial complejo , por un pasivo financiero extremadamente relevante, y que la deuda reclamada por la firma Pantisol S.A a través de una demanda civil ha sido generada sin autorización de la comisión directiva para la asunción de esta obligación patrimonial, indicando igualmente la denunciante que Marco Trovato obligó al club al pago de USD 1.000.000 a favor de la firma Pantisol S.A sin que las laboras sean cognoscibles o verificables además de ser actos que si se ejecutaron se realizaron antes de la firma de contratos. La socia del club Olimpia manifiesta también que uno de los cheques cuenta con fecha de emisión 19 de enero de 2019, cuando que Trovato dejó la presidencia en el mes de octubre de 2020. Señaló así mismo que el contrato de comisión suscripto entre el club Olimpia y la firma Pantisol S.A debió ser refrendada por el tesorero o el secretario general”.
La fiscal Adjunta Patricia Rivarola, a quien se dio trámite de oposición el pedido de desestimación de las fiscales Natalia Silva y Claudia Aguilera, concluyó que “de los elementos probatorios recabados no se desprenden circunstancias que evidencien una voluntad de no cumplir con la obligación al momento de la entrega del titulo crédito por el dirigente deportivo, requisito necesario para que podamos hablar de una declaración falsa en los negocios jurídicos. En conclusión, de la conducta previamente expuesta no se desprende una declaración falsa que haya pretendido hacer caer en un error a la firma Pantisol S.A o en su caso al propio Club Olimpia”.
Agregó que además la firma Pantisol S.A ha declinado en insistir en su reclamo judicial con respecto al cheque por valor de USD 100.000, por lo que no hubo daño patrimonial a la institución deportiva.
El magistrado, conforme la conclusión de las fiscales del caso y la fiscal Adjunta, consideró que no existen suficientes elementos de convicción como para sostener o sustentar que existe una participación activa por parte Marco Antonio en el hecho de lesión de confianza y resolvió hacer lugar al requerimiento conclusivo de desestimación de la denuncia.