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Juez dicta fallo a medida del Jurado

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La Coordinadora de Abogados del Paraguay apeló la resolución por la cual el juez Arnaldo Martínez Rozzano rechazó un pedido para ordenar al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados la entrega de copias de actas de sesiones de 2015-2016 y otros documentos. El fallo fue a medida del órgano juzgador.

En primer lugar, la coordinadora presidida por la abogada Kattya González, insiste ante el Tribunal de Apelaciones que se le impongan las costas al titular del Jurado, el senador Oscar González Daher, atendiendo que el juez había hecho lugar al amparo y ordenó que se entreguen informes, menos las actas de las sesiones y los papeles referentes a los abogados contratados, que serían planilleros. Ante esto, se presentó la aclaratoria que fue rechazada por el magistrado, cuyo fallo es a gusto y paladar del órgano juzgador.

«La única manera que las costas no sean soportadas por el vencido es el cumplimiento o satisfacción a la parte demandante del objeto del amparo, antes del vencimiento del plazo de contestación de la demanda. En el caso particular, el Jurado de Enjuiciamiento ha controvertido la pretensión de las amparistas alegando el supuestos cumplimiento del pedido de informe que dio origen a este reclamo e indicando que estaban en el portal web de la entidad. Es decir, el Jurado mintió de manera descarada al juzgado y pretendió generar confusión al solicitar el rechazo de la acción de amparo promovida», apuntó González.

La mentira y la negación del derecho sostenida en su contestación por el Jurado «hecha por tierra la argumentación del juez cuando señala: «no se vislumbra esta circunstancia o actuación procesal pues no se constata temeridad, malicia o inconducta procesal que amerite su condena en costa». Como se podrá advertir de la contestación de la demanda el juzgado cabalga sobre una premisa falsa para eximir de costas a la institución pública demanda». Agrega la Coordinadora que el magistrado viola el artículo 192 del Código Procesal Civil que dice que la parte vencida en juicio deberá pagar los gastos.

Actas

Por otro lado, en la apelación se cuestiona que el juez no haya ordenado la entrega de las actas al rechazar la aclaratoria que presentó la Coordinadora, que insiste en que el pedido es legítimo. Enfatiza, que el magistrado al denegar el pedido debió fundar su resolución en una ley que restringa el acceso a las actas de las sesiones. «Sin embargo, no lo hizo. Tampoco podría el recurso de aclaratoria ampliar, restringir o adicionar cambios en la sentencia cuya aclaratoria se solicitó, motivo por el cual corresponde revocar el apartado segundo del fallo y ordenar al Jurado la entrega de los datos públicos».

La Coordinadora pide que el Jurado informe: la cantidad de denuncias y/o acusaciones contra magistrados registradas ante la institución; la cantidad de investigaciones oficiosas abiertas en los años 2015 y 2016; detallar los nombres de los magistrados con denuncias, acusaciones e investigaciones oficiosas de enjuiciamientos abiertos, sin resolución a la fecha, copias de sentencias de los años 2015 y 2016; copias de los documentos respaldatorios de los trabajos realizados y/o modalidad de contratación de servicios profesionales de 41 abogados y listas de funcionarios contratados en los años 2016 y 2017.

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