La jueza Lici Sánchez dispuso la entrega de las armas y municiones incautadas en el operativo Dakovo a presuntos traficantes al presidente de la República, Santiago Peña, para uso de las Fuerzas de Seguridad Interna y Defensa Nacional e instituciones asignadas en la lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado. Dejó expresa constancia de que no deben llegar a manos de particulares o del comercio, ya sea por la vía de la subasta u otros medios. La magistrada argumentó que los montos asignados en el presupuesto anual para seguridad interna y defensa nacional, están muy por debajo de lo requerido, considerando que hay prioridad para Salud y Educación. En la resolución de 226 páginas, se enumera una larga lista de armas y municiones que deben ser remitidas a la Dirección de Material Bélico, de acuerdo a lo ordenado por la jueza. El operativo se trató de la mayor incautación de armas, que formarían parte de un megaesquema de provisión a grupos criminales.
Por Auto Interlocutorio Nº 19 del 15 de enero pasado, la magistrada Sánchez, atendiendo el requerimiento fiscal del 27 de diciembre del año pasado, resolvió entregar las armas al titular del Ejecutivo.
“La incautación y posterior secuestro de armas y otros elementos, componentes y municiones ha impactado significativamente, tanto en los órganos de seguridad interna y Defensa Nacional, como, asimismo, en toda la sociedad nacional”, apuntó la jueza.
“Es oportuno señalar que la importante cantidad de armas (sin uso), como asimismo municiones, podrían eventualmente, ser o no utilizadas por los órganos mencionados precedentemente y es ésta la cuestión a ser analizada por esta Magistratura. Para el efecto, el análisis se circunscribe a dos circunstancias puntuales, y son: 1) Optimización de recursos y 2) Capacidad Operativa de las instituciones responsables constitucionalmente de la Seguridad Interna y Defensa Nacional”, resaltó.
“Referente a la primera circunstancia: la utilización de las armas secuestradas por los organismos de seguridad significaría el aprovechamiento de recursos disponibles y en consideración a la asignación presupuestaria de los ejercicios fiscales de los diferentes años, se asignan montos muy por debajo de los requerimientos, tanto para la Seguridad Interna como para Defensa Nacional, en atención a que son prioridad asignación presupuestaria para Salud y Educación. Esta realidad dificulta el combate frontal, tanto a la delincuencia interna como también el combate a la delincuencia transnacional, situando a los órganos de seguridad en una posición desventajosa ante, tal como su denominación lo señala, CRIMEN ORGANIZADO; y como tal, estas organizaciones para el logro de sus fines y objetivos, en primer lugar deben proveer a los miembros de la organización criminal armas en perfectas condiciones de uso, sin costo alguno, y para lograr sus fines delinquen, corrompen todos los estamentos públicos y privados. El aprovechamiento, conforme hemos mencionado precedentemente de estas armas, implicaría, que, en el presente, el Estado no tendría que invertir recursos del Tesoro Nacional para su compra, con el agravante de lo limitado de la asignación presupuestaria”, argumentó la magistrada.
“Segunda circunstancia considerada por esta Magistratura es la capacidad operativa de nuestras instituciones de Seguridad Interna y Defensa Nacional para, efectivamente, direccionar la utilización de estas armas en la lucha contra el crimen organizado, dotando a nuestras Fuerzas de Seguridad de herramientas para enfrentar a estas organizaciones delincuenciales transnacionales”, añadió.
“La utilización de las armas secuestradas por el Estado en el marco del presente proceso penal, es una forma de desincentivar a los grupos criminales y una clara demostración de que el Estado paraguayo, eventualmente, utilizaría los recursos propios de organizaciones sospechadas de actuar al margen de la ley, y en cumplimiento de su fin y objetivo nacional y compromiso internacional asumido a través de Tratados y Acuerdos Internacionales que integran el Derecho Positivo Nacional de luchar frontalmente contra este tipo de organizaciones criminales transnacionales. El compromiso de los órganos de Seguridad Nacional es desempeñarse con eficiencia operativa ante los desafíos actuales a nivel nacional y regional con estricta observancia a las normativas constitucionales, acuerdos internacionales y leyes vigentes en el país”, manifiesta la jueza.
“Del análisis precedentemente expuesto y considerando las normas de rango constitucional, que taxativamente dispone en los artículos 172, 175 y 238, numerales 1 y 9; artículos 240 y 242, Acuerdos y Tratados internacionales; ley Nº 1.505, la República del Paraguay “Aprueba la Convención Interamericana contra la fabricación y el tráfico ilícito de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados” suscrito en la ciudad d eWashintong D.C, Estados Unidos y otros, el juzgado DISPONE LA ENTREGA para uso de las Fuerzas de Seguridad Interna y Defensa Nacional e instituciones asignadas en la lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado, en la persona del señor Presidente de la República Don Santiago Peña Palacios, comandante en jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación, representante del Estado en la Administración General del País y de la Seguridad Interna de la Nación, de las armas de fuego, componentes, municiones incautadas y secuestradas por orden judicial, con las limitaciones que las armas, sus componentes y municiones que se detallan en la parte resolutiva de la presente resolución, no lleguen a manos de particulares o del comercio, se por vía de subasta u otros medios, con observancia estricta a las resoluciones que recayeren en el marco de presente proceso”, apunta la doctora Sánchez.
El presunto líder del esquema criminal es el prófugo Diego Dirisio, junto a su pareja Julieta Nardi. En el caso hay varios imputados, exaltos jefes militares y de Dimabel.