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La Jueza Alicia Pedrozo insiste en apartarse de la causa por lesión de confianza a Rafael Filizzola

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La Jueza Penal de Garantías Alicia Pedrozo se declaró incompetente en la causa abierta al exministro del Interior Rafael Filizzola. Anteriormente la magistrada ya se había inhibido, resolución que fue impugnada por lo que se la volvió a confirmar. 

En su resolución Pedrozo argumenta que su decisión no se basa “a los efectos de evitar intervenir en un proceso penal de notoria transcendencia social, mediática y relativa complejidad”, sino que apunta a “reencausar y aplicar correctamente las normativas legales vigentes que reglan la tramitación de los distintos procesos penales, esperando con ello se alcance efectivamente la eficiencia en la administración de justicia”.

Sobre el punto, menciona que anteriormente había dispuesto la prescripción de la causa por Lesión de confianza, por lo que “habiendo intervenido anteriormente y emitido opinión considero que la competencia se encuentra viciada si nuevamente debe expedirse sobre la misma cuestión”.

Fundamenta su postura en las siguientes normas: 

Código Procesal Penal, artículo 50 incisos 6, que trata sobre haber intervenido anteriormente; 10 que versa sobre haber omitido opinión o consejo por escrito sobre el procedimiento; y 13; sobre motivos graves que afecten su imparcialidad y dependencia. 

Constitución Nacional, artículo 16, que expresa que “toda persona tiene derecho a  ser juzgada por tribunales y jueces competentes, independientes e imparciales”.

Convención Americana de los Derechos Humanos, artículo 8 inc. 1, que refiere que “Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial.

La Corte Suprema de Justicia debe resolver conforme a lo establecido en el art. 335 del C.P.P, que trata sobre el Conflicto de Competencia.

Se trata de la causa que soporta Rafael Filizzola, en su condición de exministro del Interior, por obras en comisarías que supuestamente causaron un perjuicio de G. 974.018.563, divididos en G. 408.112.313 supuestamente por la firma del contrato; y G. 565.906.250, por no ejecutar la póliza de fiel cumplimiento.

Nota relacionada: Confirman nuevamente a la jueza Alicia Pedrozo en la causa de Filizzola

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