Durante la audiencia preliminar, las defensas del Dr. Federico del Puerto y Ramón González Daher solicitaron criterio de oportunidad en la causa por supuesto reposo falso. El profesional médico afirmó que el reposo expedido es de contenido real. El fiscal Néstor Coronel se allanó al pedido.
Este miércoles 28 de febrero inició la audiencia preliminar por el supuesto hecho de expedición de certificados de salud de contenido falso, en el cual ambas defensas rechazaron que la causa sea elevada a juicio y plantearon el criterio de oportunidad.
Durante su declaración, el Dr. Del Puerto insistió en que no fraguó los datos del hoy condenado y el diagnóstico por el cual recomendó reposo médico de 7 días, fue confirmado por peritos forenses y solicitó el criterio de oportunidad.
“Aclaro, ratifico y sostengo que el reposo del hoy condenado Ramón González Daher fue una urgencia hipertensiva más diabetes mellitus descompensada. Si el contenido del reposo supuestamente falso que la Fiscalía sostiene la imputación en mi contra, me pregunto entonces cómo fue posible la realización del juicio por medios telemáticos. Ambos peritos forenses Dr. Pablo Lemir Marchese y Kim Cancia confirmaron, afirmaron, verificaron y corroboraron fehacientemente los hechos en su domicilio al referir cifras elevadas de presión arterial (Cifra de referencia mayor a 120/80 mmHg) y valores de glucemia por encima de 300 Mg/dl (valor de referencia mayor a 180 en diabéticos) eso traduce a urgencia hipertensiva y diabetes mellitus tipo 2 descompensada”, explicó el profesional.
Agregó que RGD se encontraba en tratamiento odontológico y próximo a colocación de implante. “Es importante aclarar que el punto aparte es una idea diferente en la cual conste que el paciente se encontraba en un tratamiento antibiótico por procesos infecciosos de origen dental, que pudiera ser inicio, medio o final, la antibioticoterapia que estaba recibiendo fue prescripto por sus odontólogos, medicación antibiótica que yo suspendí visto y considerando que el efecto adverso y secundario del uso de antibióticos del principio activo derivado de penicilinas produce deposiciones líquidas, situación por la cual el paciente se descompensó con una deshidratación producida por la gastroenteritis, logrando hemoconcentración y aumento de cifras de presión arterial y glucemia elevada”.
Aseguró que se siente víctima “de persecución de una Fiscalía Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción” y expresó que su único anhelo “es lograr justicia y seguir ejerciendo mi profesión de médico con la más alta bioética que me preceden. Una vez más, ratifico que el reposo en cuestión es de contenido real».
Por su parte, la defensa de González Daher solicitó el sobreseimiento definitivo alegando que está probado que el hecho punible no existió, puesto que el contenido del reposo por la urgencia hipertensiva es real.
“Discutir entonces si el certificado médico, el reposo y el diagnóstico es falso es desgastar inútilmente a la justicia y se constituye en una verdadera persecución de inocencia ya tanta es la animadversión existente en contra de mi representado que aun ante un certificado médico de contenido real y verdadero nos encontramos a las puertas de un juicio oral y público y con el solo afán de perjudicar al médico de mi representado es que estamos en este proceso cuyos argumentos de acusación me permite, con todo respeto, mencionar que contienen argumentos ab absurdun y que de la simple lectura del certificado médico contraponiendo a los informes de los médicos Pablo Lemir y la Dra. Kim Cancia es evidente que no estamos ante la evidencia de ningún hecho punible y mucho menos en lo que se le atribuye a mi principal, el que en realidad estaba de reposo en su casa por lo que los abogados que lo representaban en ese entonces presentaron el certificado médico, el diagnóstico y el reposo y solicitaron la constitución del médico forense que corroboraron que no estaba en condiciones de asistir de manera presencial por lo que peticiono el sobreseimiento definitivo”, expuso la defensa de González Daher.
Tras escuchar el argumento de ambas partes y teniendo en cuenta que el hecho punible que se les atribuye tiene una expectativa de pena de hasta 3 años, el fiscal Coronel, que al principio de la audiencia se ratificó en su acusación, finalmente se allanó al pedido de criterio de oportunidad.
La diligencia quedó en cuarto intermedio y se reanudará durante la primera semana de marzo.