Los fiscales Silvio Corbeta, Alma Zayas y Verónica Valdéz, solicitaron el sobreseimiento definitivo de Richard Emanuel Ayala Ávalos, proveedor que fue invitado a participar de un llamado a licitación de la Municipalidad, presuntamente amañado, sin embargo éste no presentó ninguna oferta.
Richard Emanuel Ayala Ávalos fue imputado por lesión de confianza, administración en provecho propio, y asociación criminal, al igual que Miguel Prieto y los demás sospechosos.
Fue investigado debido a que es cuñado de Emili Vanessa Florentín Páez y existían sospechas de que formaba parte de la estructura dirigida por el intendente Municipal Miguel Prieto Vallejos, y en ese sentido habría facilitado su estructura jurídica y física en connivencia con el intendente a efectos de lograr la consecución del proceso licitatorio en perjuicio del patrimonio de la Municipalidad, colaborando al dar una supuesta legitimidad y credibilidad del concurso llevado adelante por la UOC.
Esta sospecha surgió en razón de que los oferentes estaban vinculados entre sí y a su vez con el mismo intendente Municipal, además, no se dedicaban al rubro en cuestión y tampoco estarían en reales condiciones ni capacidades de brindar los servicios contratados por el municipio. Por tanto, existió la sospecha de que el oferente invitado Richard Emanuel Ayala Avalos no se presentó a la licitación a la cual fue invitado con la finalidad de que lo haga solo la empresa elegida para esta oportunidad «Tajy Servicios Grales», a sabiendas de que estaría colaborando con el perjuicio económico a la comuna por la adquisición de mercaderías que nunca serian entregadas.
Ahora bien, con relación a la participación del imputado Richard Ayala Avalos, producto de la investigación se pudo evidenciar que es pariente cercano a la señora Emili Vanesa Florentin, esto se puede observar desde la denuncia realizada y que recibió la invitación para presentarse al proceso de licitación.
Así también en la Resolución DNCP N° 226/22, en la que se detallan las irregularidades del llamado a licitación por la vía de la excepción, se informó que Richard Ayala Avalos no se encontraba inscrito en el Sistema de Información de Proveedores del Estado, es decir, que la Municipalidad de Ciudad del Este invitó a participar en la licitación a firmas que no cuentan con la trayectoria o la experiencia necesaria para la adquisición de bienes o servicios que pretendían realizar.
Del informe remitido por la Dirección Nacional de Ingresos Tributario, surge que efectivamente Richard Ayala Avalos no contaba con el Registro Único del Contribuyente, por lo que al momento de aceptar la oferta de la licitación, este no ejercía ninguna actividad económica conocida, es más, conforme al acta de abstención (ver en CF) se dedica a realizar trabajos online.
Si bien, se corroboró que el mismo fue invitado como «relleno» por la UOC porque se requería de al menos (3) oferentes, no obstante este nunca se presentó a realizar una oferta concreta, en otras palabras, no realizó una conducta activa, más bien se podría decir que omitió presentarse a dicha licitación (atribución inicial), pero no se cuentan con elementos más contundentes que nos permitan concluir con el grado de certeza requerido, de que habría estado en pleno conocimiento de los elementos del tipo y de que en consecuencia su actuar fue doloso, por tanto, siguiendo el criterio de objetividad que rigen las actuaciones del Ministerio Público, estos Representantes Fiscales se abstienen de acusar respecto al citado, en vista a la imposibilidad fundada de requerir la apertura a juicio, porque no existe la manera de acreditar todos los elementos de los tipos penales acusados respecto a su persona, principalmente en lo que hace al elemento subjetivo (dolo).
El hecho de recibir la invitación de parte de la Municipalidad de Ciudad del Este a participar del concurso público de ofertas, no implica que necesariamente esté involucrado o esté en conocimiento de las cuestiones relatadas, ya que no existen conductas exteriorizadas por su persona que nos indiquen que haya tenido una efectiva participación en los hechos.
Acusan a Miguel Prieto y a diez personas más por un presunto perjuicio de G 306 millones