El juez Gustavo Amarilla decretó la prisión preventiva de Anibal Estigarribia Casco, Magno Daniel Deleón Villalba, (concejal municipal) y Milciades Ramírez Morel. Estas personas están imputadas en la causa A Ultranza Py, por su presunta colaboración con el Clan Insfrán en el lavado de dinero producto del narcotráfico.
Luego de conocerse la resolución, los mencionados serán remitidos a la Penitenciaría Regional de Coronel Oviedo, para el cumplimiento del mandato judicial mientras continúa la investigación.
El Ministerio Público sostiene, que los mismos habrían formado parte de la organización criminal realizando actos a favor de la familia Insfrán con el objeto de poner en circulación el dinero proveniente del tráfico internacional de cocaína realizado por uno de los principales líderes de la organización criminal, identificado como Miguel Insfran Galeano, mediante los programas ofrecidos por la Cooperativa San Cristóbal, específicamente con la participación del coimputado Juan Carlos Ozorio, quien, en su carácter de presidente del Consejo de Administración, aprobó todas las solicitudes, a pesar del parecer negativo de los analistas de riesgo crediticio de la mencionada entidad.
El análisis de la jueza refiere que la alta expectativa de pena que podría imponérseles en el caso de llegar a una condena, por lo que esta situación hace además, que la probabilidad de fuga sea mayor.
No debemos olvidar, que estamos ante una causa muy compleja de gran envergadura, no solo por la cantidad de personas involucradas, sino además, por las consecuencias negativas de los hechos punibles investigados, el narcotráfico es uno de los fenómenos más nocivos del crimen organizado no solo por las altas tasas de delincuencia, sino además por la amenaza que representa a la salud pública. En igual contexto podemos afirmar, que el lavado de dinero, produce consecuencias económicas y sociales negativas no solo en nuestro país, sino en el mundo entero. No se puede minimizar este tipo de actividades delictivas, que son cometidas por estructuras organizadas que tienden a generar estrategias y métodos para favorecer la fuga de sus pares y contribuir en la obstaculización probatoria.
No obstante, es importante advertir, que toda medida cautelar es provisoria, revocable o reformable en cualquier estadio del procedimiento, siempre que las condiciones que hayan sido consideradas en principio, hayan desaparecido. Asimismo, es viable señalar que es el Ministerio Público quien deberá realizar todos los actos necesarios para demostrar la hipótesis expuesta en el acta de imputación.
Conforme al avance de la investigación, se pudo determinar que estas personas habrían utilizado el dinero de los integrantes del clan Insfrán, obtenido del tráfico internacional de cocaína durante el periodo de tiempo comprendido entre los años 2020 a 2021, e inclusive mucho antes, utilizando el sistema financiero y económico nacional, para la inserción del dinero ilícito.
Justicia tras los pasos de presuntos lavadores del Clan Insfrán