La jueza Rosarito Montanía ordenó la reapertura de la causa a Carlos Epifanio González Aguilera, quien estaba como responsable de la empresa exportadora que intentó enviar droga a Europa, la carga ilegal estaba oculta en pisos de parquet de madera de curupay.
En dicho ámbito también tuvo por recibido el requerimiento N° 02, de fecha 27 de junio de 2023, remitido por el fiscal Guillermo Sanabria y fijó para el 24 de agosto a las 09:30 horas la audiencia preliminar para el mismo.
En la consideración de la magistrada se hace constar que González Aguilera, fue beneficiado con el sobreseimiento provisional, según el A.I. N° 343 de fecha 06 de diciembre del 2022.
Continúa detallando que la disposición contenida en el Artículo 362 del Código de Procedimientos Penales. “Sobreseimiento provisional . En caso de delitos, si dentro del año de dictado el sobreseimiento provisional no se solicita la reapertura de la causa, el juez declarará de oficio, la extinción de la acción penal; este plazo se extenderá a tres años cuando se trate de crímenes…”.- El Art. 19 inciso 4° del C.P.P., establece: “…Cuando se haya decretado, en resolución firme, la extradición o expulsión del imputado por delito cometido en nuestro país…”.-
“De las constancias de autos se desprende, que al momento de solicitar el sobreseimiento provisional, el Agente Fiscal de la causa, lo había requerido con la expectativa de incorporar nuevos elementos de convicción que permitan la continuación del procedimiento, sin embargo, al haber el representante del Ministerio Público tomado conocimiento de la sentencia dictada por el Juez Penal de Garantía N° 12 de la Capital por medio del cual resolvió hacer lugar a la extradición del ciudadano paraguayo Carlos Epifanio Gonzalez Aguilera, solicitó la reapertura de la causa y por consiguiente el criterio de oportunidad con fines de extradición.”
El efectuar el análisis pertinente, se desprende que el Agente Fiscal solicitó la reapertura de la causa dentro del plazo de Ley, por lo que corresponde en estricto derecho, imprimir el trámite legal pertinente.-