El Juez Penal de Garantías Nº 9 de Asunción, Rolando Duarte Martinez no hizo lugar al pedido de acumulación de causas por conexidad planteado por el Abg. Bernardo Sánchez en el ejercicio de la defensa de Antonio Gonzalez, procesado por la venta de unas 5.000 entradas falsificadas para el concierto de Bad Bunny.
El abogado peticiono que se oficie a la Fiscalía General a los efectos de unificar todas las causas iniciadas por el mismo motivo ante el Juzgado. El defensor justifico su pedido con el fin de “evitar la violación de la prohibición constitucional de doble juzgamiento de mi defendido por los mismos hechos en diversas causas abiertas ante distintas unidades del Ministerio Público del país”.
Expresó que conforme al acta de imputación presentada por el Fiscal de la Unidad Especializada de Delitos Económicos, Silvio Corbeta, esta causa se ha iniciado para investigar un supuesto perjuicio económico de Gs. 1.200.000.000 (Guaraníes mil doscientos millones) en donde probablemente se encuentren contemplados ya los montos mucho menores de las demás causas.
El juez manifestó que habiendo analizado las constancias de autos la defensa se ha limitado a adjuntar simplemente una planilla con la carátula de las supuestas causas similares, siendo insuficiente para la conexidad en atención que no se pudo corroborar con la documental agregada de que existe coincidencia exacta e inequívoca entre el imputado, los hechos punibles cometidos (por el mismo autor) o que los hechos punibles hayan sido cometidos de manera recíproca.
La causa está a cargo de los fiscales Silvio Corbeta y Alma Zayas.
Antecedentes
El Ministerio Público formuló imputación a Antonio González Zayas y Elías Arias Giménez, por producción de documentos no auténticos y estafa en el marco de causa relacionada a las entradas para el concierto del rapero a inicios de noviembre
De acuerdo al documento de la Fiscalía Arias Giménez y Antonio Emanuel González Zayas habrían creado y comercializado miles entradas falsificadas que no fueron expedidas por los organizadores del concierto ni los distribuidores oficiales establecidos, las empresas G5PRO y TICKETEA, y con ello habrían obtenido beneficios económicos indebidos a partir del engaño a los compradores quienes pagaron sumas de dinero convencidos de que estas se trataban de boletos oficiales.
En ese contexto, en el periodo de tiempo mencionado los imputados habrían utilizado estas entradas no auténticas creadas por ellos para comercializarlas al público y ofrecerlas en las redes sociales.
De esta forma habrían logrado captar clientes y convencer a varios revendedores, con el ofrecimiento de comisiones por ventas, bajo el engaño de que las mismas se trataban de entradas oficiales, y así presumiblemente habrían logrado engañar a cientos de personas.
El supuesto modus operandi sería de la siguiente manera, la víctima una vez realizada la transferencia bancaria en concepto de compra de entradas para el referido show, enviaba los comprobantes de las transferencias bancarias o giros de dinero a través de las billeteras electrónicas a Elías Arias como así también a Antonio González, posteriormente una vez enviadas los comprobantes de las transferencias el vendedor, enviaba las entradas en forma digital, enviaba un link que al abrir daba directamente a la plataforma de DRIVE, donde se apreciaba las entradas en formato PDF.
Al observar las entradas que fueron facilitadas por las víctimas, tienen las mismas características de las entradas originales, solamente que las entradas que se habrían adulterado el número de código de barra en cada una de ellas.
Los ahora imputados vendieron aproximadamente 5.000 entradas causando un perjuicio patrimonial a numerosas víctimas por un valor aproximado de G 1.200.000.000, pudiendo ser montos mayores.