La Cámara de Apelaciones, integrada por el Dr. Delio Vera Navarro, la Dra. Bibiana Benítez y el Dr. José Agustín Fernández, declaró inadmisible la apelación del vicepresidente de la Comisión Bicameral de Investigación (CBI), diputado Jorge Avalos Mariño, contra el fallo del juez Raúl Florentín que justifica la inasistencia del expresidente Horacio Manuel Cartes Jara a declarar.
La apelación fue formulada contra la resolución del citado juez, de fecha 29 de agosto del 2022, posibilitaba al exmandatario a responder a las consultas de la comisión de forma escrita.
La CBI justificó la apelación argumentando que lo único que se pretende es «escuchar de viva voz a la persona citada, como lo venimos haciendo con otras personas, sean particulares o parlamentarios, incluso una Magistrada voluntariamente concurrió a informar de lo que tenía conocimiento estando si, la misma exceptuada”.
De acuerdo a la contestación de la defensa de Cartes, la apelación carece de «un agravio concreto y real» que fundamente la procedencia del recurso de apelación. «Categóricamente podemos expresar que de la lectura de la presentación del apelante no surge cuál es la norma transgredida y ni siquiera se estableció el punto de la discusión dentro del recurso».
En su resolución, el juez Penal de Garantías Raúl Florentín había argumentado que puede obligar a Cartes a que se presente a declarar, ya que existen precedentes en el caso de mandatarios anteriores. En cuanto a la cuestión de si Horacio Cartes posee fueros especiales – explicó– que goza de ellos al ser senador vitalicio.
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