El Juzgado Penal de Garantías Especializado en Delitos Económicos rechazó los incidentes de nulidad del acta de imputación y el recurso de reposición contra la admisión del caso, con lo que se podrá fijar una nueva fecha para la audiencia de imposición de medidas.
Respecto al incidente de nulidad de la imputación, la defensa había argumentado que, si bien el acta de imputación posee 100 folios “lo que hace suponer que dice mucho”, sin embargo, aseguran que “no se realiza una descripción sucinta de los hechos que se le imputan” al exgobernador de Central.
Por su parte, la fiscalía contestó que en el presente estadio procesal, que es incipiente, “con relación a los tipos legales que fueran subsumidos dentro de la supuesta conducta desplegada por los imputados; cabe advertir que en lo que respecta a la presente etapa procesal, que las calificaciones jurídicas son provisorias; y en tal sentido, los hechos descritos en el acta de imputación, son propicios a fin de adecuar la conducta de los mismos en los tipos legales en cuestión”.
Teniendo en cuenta estas consideraciones, entre otras, el juez Humberto Otazú decidió rechazar el incidente “por su notoria improcedencia”.
En cuanto al segundo incidente, de reposición, la defensa del exgobernador argumenta que “no existe nexo entre los hechos acontecidos y la participación” de Hugo Javier con los hechos mencionados, además de no “encontrarse reunidos los elementos constitutivos de los tipos legales atribuidos a su defendido, lo que vulnera el ejercicio del derecho a la defensa según refiere el recurrente”.
También refiere que el acta de imputación fiscal no reúne todos los requisitos previstos dentro del art. 302 del C.P.P., específicamente en lo que hace a la “descripción de los hechos referente a los hechos punibles atribuidos” que son lesión de confianza, producción de documentos no auténticos y asociación criminal.
El juez Otazú consideró que el argumento no es pertinente para la etapa en la cual se ha planteado, “ya que con la admisión de la imputación aún no se existe una valoración exhaustiva de las conductas de los procesados, pudiendo incluso darse término a la causa con salidas favorables a los incoados, siendo la calificación de la conducta del Hugo Javier González provisoria”.
Además, el magistrado expone que la fiscalía ha cumplido con todas las exigencias previstas en el art. 302 del Código Procesal Penal, quedando expuesto que no se ha vulnerado ningún derecho, por lo que resolvió también rechazar este incidente.
con los incidentes resueltos, se podrá fijar nuevamente la audiencia de imposición de medidas para los procesados.
Antecedentes
Según la imputación del fiscal Juan Ledesma, entre los meses de marzo de 2019 a diciembre de 2020, Hugo Javier, a través de 51 resoluciones, habría autorizado indebidamente las transferencias de recursos, por la suma total de Gs. 18 mil millones, en concepto de aportes, con el aparente fin de financiar los gastos administrativos y misionales de los proyectos que fueron presentados ante la Gobernación. Sin embargo, los fondos no habrían sido destinados para ejecutar los proyectos formulados.
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