El pleno del Consejo de la Magistratura resolvió que la vigencia del reglamento de selección de Magistrados en relación a la afiliación política de postulantes, será aplicada a todos los titulares de cargos y concursantes en general que aún el Consejo no haya otorgado puntajes por evaluación, específicamente edictos del año 2022.
El presidente del Consejo de la Magistratura Oscar Paciello, mencionó se hablado mucho de la retroactividad de la Ley, expresando que no puede ser aplicada luego de establecido el inicio del concurso.
Resaltó que no existe ninguna laguna puesto que el Código Civil es claro y determinante al establecer una Ley es retroactiva siempre y cuando no haya conferido la anterior ley algún derecho o haya tenido un derecho adquirido en atención a la ley anterior la persona afectada.
«Yo creo que la disposición del Consejo de haber modificado el reglamento es aplicable a todos los cargos en concurso a partir de dicha modificación, salvo cuando el Consejo ya haya conferido puntaje a los postulantes, que ha generado un derecho adquirido a los mismos», agregó.
Recalcó que a los postulantes del edicto uno que hayan merecido ya una evaluación de gestión, concediéndole el puntaje sin haber tenido en cuenta su afiliación política o no, ese puntaje ya es inalterable.
«A lo que el Consejo no le ha concedido un puntaje , ese puntaje puede ser objeto de determinación en base a la condición de no haber solicitado su desafiliación», dijo.
A su vez el Ministro Jiménez Rolón afirmó que para que pueda tener efecto retroactivo debe afectar algo, en este caso un derecho adquirido.
Expresó que sí no se afecta ese derecho adquirido, no surte efecto. Remarcó que si en una evaluación anterior ya se fijó tanto con una aplicación del artículo segundo del código civil aplicación del principio de preclusión procesal en cualquiera de los casos.
En la Sesión Ordinaria del martes 16 de agosto de 2022, se aprobó el reglamento que modifica y amplía sanciones aplicables a titulares de cargos y postulantes a cargos en relación a estar afiliado a un partido o movimiento político, y que concursan ante el Consejo de la Magistratura en el proceso de selección de conformación de ternas de candidatos para los diversos cuadros que componen el sistema judicial.